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2003/086 - Miércoles 7 de Mayo de 2003

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Regresar al sumario 740 Dirección General de Universidades e Investigación.- Resolución de 21 de abril de 2003, por la que se fija el plazo de presentación de solicitudes, el importe asignado y la partida presupuestaria de las becas de postgraduados para la realización de tesis doctorales.

Por Orden del Consejero de Educación, Cultura y Deportes de 5 de junio de 2002 (B.O.C. nº 81, de 17 de junio), se aprobaron con carácter indefinido las bases que regirán la concesión de becas de postgraduados para la realización de tesis doctorales.

La base segunda, punto 6, del anexo de la Orden dispone que:

El plazo de presentación de solicitudes, el importe asignado y la partida presupuestaria se fijará por Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación para cada ejercicio presupuestario.

Una vez iniciado el ejercicio presupuestario de 2003, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. de 31 de diciembre de 1997), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en virtud de las competencias que se me delegan en la Orden de 28 de enero de 2002,

R E S U E L V O:

Primero.- Fijar el plazo de presentación de solicitudes de becas de postgraduados para la realización de tesis doctorales que será de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Segundo.- La dotación económica asignada para la convocatoria del año 2003 será de un máximo de un millón ochocientos tres mil treinta y seis euros (1.803.036,00), en cuatro anualidades, a razón de nueve mil quince euros con dieciocho céntimos (9.015,18) por beca y año, que se abonará con cargo a la partida presupuestaria 18.07.422.E. 780.11 P.I./L.A. 97718301 "Formación de personal investigador" cofinanciado con el Fondo Social Europeo (F.S.E.) en una cuota del 80%.

Dado que la duración de las becas es de cuatro años, a contar desde la fecha de la resolución el desglose por anualidades es el siguiente:

	AÑO	IMPORTE
	2003	450.759,00 euros
	2004	450.759,00 euros
	2005	450.759,00 euros
	2006	450.759,00 euros
	Total	1.803.036,00 euros
Tercero.- Las solicitudes se presentarán conforme al modelo normalizado que figura en los anexos de la Orden de 5 de junio de 2002 (B.O.C. nº 81, de 17 de junio), y deberán hacerse preferentemente en los Vicerrectorados de Investigación de las dos Universidades e Investigación, o en la Dirección General de Universidades e Investigación, en Santa Cruz de Tenerife, Edificio Arco Iris, plaza de José de Zárate y Penichet, Residencial Anaga; en la Dirección Territorial de Educación en Las Palmas de Gran Canaria, Edificio Cofarca, Avenida 1º de Mayo, 11, o de conformidad con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, al ser dictada en virtud de competencias delegadas, podrán los interesados interponer potestativamente, recurso de reposición, ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de abril de 2003.- El Director General de Universidades e Investigación, Urbano Medina Hernández.

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