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La base segunda, punto 6, del anexo de la Orden dispone que:
El plazo de presentación de solicitudes, el importe asignado y la partida presupuestaria se fijará por Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación para cada ejercicio presupuestario.
Una vez iniciado el ejercicio presupuestario de 2003, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. de 31 de diciembre de 1997), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en virtud de las competencias que se me delegan en la Orden de 28 de enero de 2002,
R E S U E L V O:
Primero.- Fijar el plazo de presentación de solicitudes de becas de postgraduados para la realización de tesis doctorales que será de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Segundo.- La dotación económica asignada para la convocatoria del año 2003 será de un máximo de un millón ochocientos tres mil treinta y seis euros (1.803.036,00), en cuatro anualidades, a razón de nueve mil quince euros con dieciocho céntimos (9.015,18) por beca y año, que se abonará con cargo a la partida presupuestaria 18.07.422.E. 780.11 P.I./L.A. 97718301 "Formación de personal investigador" cofinanciado con el Fondo Social Europeo (F.S.E.) en una cuota del 80%.
Dado que la duración de las becas es de cuatro años, a contar desde la fecha de la resolución el desglose por anualidades es el siguiente:
AÑO IMPORTE 2003 450.759,00 euros 2004 450.759,00 euros 2005 450.759,00 euros 2006 450.759,00 euros Total 1.803.036,00 eurosTercero.- Las solicitudes se presentarán conforme al modelo normalizado que figura en los anexos de la Orden de 5 de junio de 2002 (B.O.C. nº 81, de 17 de junio), y deberán hacerse preferentemente en los Vicerrectorados de Investigación de las dos Universidades e Investigación, o en la Dirección General de Universidades e Investigación, en Santa Cruz de Tenerife, Edificio Arco Iris, plaza de José de Zárate y Penichet, Residencial Anaga; en la Dirección Territorial de Educación en Las Palmas de Gran Canaria, Edificio Cofarca, Avenida 1º de Mayo, 11, o de conformidad con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, al ser dictada en virtud de competencias delegadas, podrán los interesados interponer potestativamente, recurso de reposición, ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de abril de 2003.- El Director General de Universidades e Investigación, Urbano Medina Hernández.
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