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TRÁMITE DE AUDIENCIA
Instruido y preparado para resolución de caducidad el expediente de referencia, incoado a instancia de Ángel Sánchez Santana, para el alumbramiento de aguas subterráneas en el lugar denominado Cañada de Los Picos, en el término municipal de Valleseco, por inexplotación continuada de la explotación, de acuerdo con el artículo 85 de la Ley 12/1990, de Aguas de Canarias, este Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria ha dispuesto conceder el trámite de audiencia a los interesados en el expediente, a fin de que en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, manifiesten por escrito lo que a su derecho convenga y presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, de conformidad con el artículo 84.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.El expediente estará de manifiesto en este Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria durante el plazo señalado en este trámite de audiencia.
Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de marzo de 2003.- El Vicepresidente, Rafael Pedrero Manchado.
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