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BOC Nº 080. Lunes 28 de Abril de 2003 - 692

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

692 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 14 de abril de 2003, por la que se hace pública la selección del aspirante que ha superado las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Arquitectos e Ingenieros Técnicos (Grupo B), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad Telecomunicaciones, convocadas por Orden de esta Consejería de 22 de octubre de 2002.

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Terminadas las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Arquitectos e Ingenieros Técnicos (Grupo B), de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, especialidad Telecomunicaciones, convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 22 de octubre de 2002 (B.O.C. nº 145, de 30.10.02), y de acuerdo a la propuesta formulada por el Tribunal Calificador, esta Dirección General, según lo previsto en la base 13.4 de las que rigen la convocatoria de las pruebas mencionadas,

R E S U E L V E:

Primero.- Hacer pública la relación del aspirante que ha superado las pruebas selectivas así como la puntuación obtenida en el procedimiento selectivo:

APELLIDOS Y NOMBRE: Ramírez Felipe, Luis Tomás.

Nº de D.N.I.: 42.793.064.

Puntuación total: 24,3 puntos.

Segundo.- En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, el aspirante seleccionado aportará ante la Dirección General de la Función Pública, la siguiente documentación:

a) Fotocopia autorizada o compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia autorizada o compulsada del título académico exigido o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

c) Certificado médico oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base 2.1 apartado d), de la citada convocatoria.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Tercero.- Si dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria, no podrá ser nombrado funcionario de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. Asimismo, a criterio de los interesados, podrán interponer en vía administrativa el recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de abril de 2003.- La Directora General de la Función Pública, Cristina de León Marrero.

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