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BOC Nº 070. Jueves 10 de Abril de 2003 - 1527

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1527 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 27 de marzo de 2003, del Director, relativo a notificación de Resoluciones recaídas en expedientes sancionadores incoados por este Centro Directivo.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de la citada Resolución en los domicilios señalados a tales efectos por los interesados y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante publicación del presente anuncio, a la notificación de expedientes sancionadores por infracción en materia de empleo y protección por desempleo (artº. 30 de la Ley de 7 de abril).

Examinado el expediente sancionador iniciado por el siguiente motivo: no renovación de la demanda, y en atención a los siguientes

HECHOS

1º) Con fecha que figura en el anexo a este escrito en referencia a cada uno de los interesados que en el mismo se relacionan y vistas las alegaciones formuladas, en oposición a las propuesta de sanción emitidas por este Instituto, en atención a que se modifican los hechos en que dicha sanción se fundamenta y de acuerdo con lo establecido en el apartado B.5 del Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (B.O.E. de 17.2.99) sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Canarias de la gestión realizada por el INEM, relativo a la potestad sancionadora, corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia para la iniciación de los procedimientos sancionadores y, en su caso, la imposición de las sanciones relativas a las infracciones de los trabajadores establecidas en el artº. 17 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (B.O.E. de 8.8.00).

Se han estimado favorablemente los argumentos alegados dejando sin efecto la mencionada comunicación de propuesta de sanción, reponiendo su derecho a la prestación por desempleo en iguales circunstancias a las que tenía en el momento anterior a iniciarse el expediente sancionador.- Santa Cruz de Tenerife, a 10 de marzo de 2003.- El Director, Diego Miguel León Socorro.

A N E X O

Relación de trabajadores a notificar por el procedimiento anteriormente citado:

Nombre y ApellidoS: Dña. Ana Gelis Gutiérrez Acosta.

D.N.I.: 42.181.211.

Fecha propuesta de Sanción: 20.9.01.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de marzo de 2003.- El Director, p.d., el Jefe de Servicio de Intermediación y Colocación (Resolución nº 3.552, de 26.11.99), Andrés Hernández Méndez.

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