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BOC Nº 066. Viernes 4 de Abril de 2003 - 546

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

546 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Resolución de 20 de marzo de 2003, del Presidente, por la que se convocan subvenciones a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de acciones de inserción laboral de jóvenes.

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El Instituto Canario de Formación y Empleo tiene como finalidad la aplicación de la política de empleo del Gobierno de Canarias y, en concreto, atender con carácter prioritario a aquellos colectivos que presentan mayores dificultades para su inserción laboral, tal y como se expresa en el artículo 2.a) de la Ley 7/1992, de 25 de noviembre, de creación del mismo.

A su vez la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de acuerdo con la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el Reglamento Orgánico de la misma aprobado por el Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, y modificado por el Decreto 219/1999, de 30 de julio, tiene atribuidas las competencias en materia de educación, y en su consecuencia es a dicho departamento al que corresponde el diseño y oferta que haga posible lo previsto en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en el artículo 11.2.e) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y artículo 10 del Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, de desarrollo del artículo 11 citado.

La combinación de formación teórico práctica, a desarrollar en espacios y ámbitos cercanos al mundo laboral, con el adecuado asesoramiento y orientación al empleo y con la realización de un trabajo productivo, por medio de un contrato de formación o similar, se ha mostrado como una modalidad de tratamiento integral y por ende como un medio ideal para posibilitar la inserción laboral de jóvenes que se encuentran en desempleo o en búsqueda de su primer trabajo, sin la cualificación académica y/o laboral suficiente, incluyendo aquí aspectos propios de la orientación e información profesional.

I. ANTECEDENTES

Primero.- El ICFEM y la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, considerando de especial importancia la colaboración de ambos organismos, han suscrito un convenio de colaboración que permita la consecución de todo lo anterior.

Segundo.- De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, con el fin de posibilitar el principio constitucional de acceso a un puesto de trabajo, en las mejores condiciones posibles, para aquellos que decidan incorporarse a la vida laboral, el día 19 de julio de 2002 (B.O.C. nº 98, de 19.7.02) se publicó la Resolución del Presidente nº 02-35/2235 de fecha 11 de julio de 2002, por la que se establecen las bases y se convocan subvenciones concertadas a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de acciones de inserción laboral de jóvenes. Mediante la citada Resolución, se aprobaron las bases de vigencia indefinida que regían dicha convocatoria.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 10.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado parcialmente por el Decreto 103/2000, de 12 de junio, indica que para los sucesivos ejercicios presupuestarios se publicará anualmente en el Boletín Oficial de Canarias la correspondiente resolución fijando el plazo de presentación de solicitudes, el importe correspondiente al ejercicio de que se trate y su aplicación presupuestaria, y la mención expresa de las bases de la convocatoria a que se refiere y al Boletín Oficial de Canarias en que fueron publicadas.

Segunda.- El artículo 2 del Decreto 3/1998, de 9 de enero (B.O.C. nº 14, de 2.2.98), por el que se establece el régimen específico de las subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social y para las acciones de formación profesional ocupacional, de la competencia del Instituto Canario de Formación y Empleo, le atribuye la competencia para efectuar las convocatorias al Presidente del Instituto.

Por todo ello, previo informe del Consejo de Administración del Instituto Canario de Formación y Empleo, y en uso de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar para el ejercicio 2003, dentro de los límites presupuestarios de los créditos consignados a tal fin, la concesión de subvenciones a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de acciones de inserción laboral de demandantes de empleo comprendidos entre los 16 y los 20 años de edad.

Segundo.- La convocatoria se regirá por las bases aprobadas en la Resolución del Presidente nº 02-35/2235 de fecha 11 de julio de 2002, por la que se establecen las bases y se convocan subvenciones a entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de acciones de inserción laboral de jóvenes (B.O.C. nº 98, de 19.7.02).

Tercero.- El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias (B.O.C.).

Cuarto.- El importe de los créditos presupuestarios que ha de financiar la presente convocatoria, asciende a la cantidad de un millón novecientos treinta mil quinientos cuarenta y ocho euros con noventa y dos céntimos (1.930.548,92 euros), con cargo a las líneas de actuación que se relacionan a continuación:

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 2003 23.01.322H.470.21.

LÍNEA DE ACTUACIÓN (P.I.L.A.): 23406102 (Acciones para la inserción profesional de los jóvenes).

El volumen total de las subvenciones a conceder no superará el importe citado, o el que resulte de su actualización, en el caso de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente.

Quinto.- Estas subvenciones están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en un 75%, y se contemplan en el Programa Operativo de Canarias 2000- 2006, en el Eje del Programa 42 (Inserción y reinserción ocupacional de los desempleados) Medida 8 (Ofrecer vías de inserción profesional a los jóvenes).

Sexto.- La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera formularse, recurso potestativo de reposición ante el Presidente del ICFEM en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera formularse. El cómputo de los plazos anteriormente indicados se iniciará a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de marzo de 2003.- El Presidente, Marcial Morales Martín.

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