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BOC Nº 062. Lunes 31 de Marzo de 2003 - 1366

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona

1366 - EDICTO de 14 de febrero de 2003, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000144/2002.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 3 de Arona.

JUICIO ORDINARIO: 0000144/2002.

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. Pauline Stacey y Ludovicus Hubertus Maria Braeken.

PARTE DEMANDADA: D./Dña. F & H Invest Trust, S.A.

SOBRE OTRAS MATERIAS.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Arona, a ocho de enero de dos mil tres.

Vistos por mí Mónica Arévalo Arévalo, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de los de Arona, los presentes autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el nº 144/02 a instancia de D. Ludovicus Hubertus Maria Braeken y de Dña. Pauline Stacey, representados por el Procurador D. Ángel Oliva Tristán Fernández y asistida técnicamente por el Letrado D. Zoltán Mezei Álvarez, contra la entidad F & H Invest Trust, S.A., sobre formalización de compraventa en escritura pública.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Ángel Oliva Tristán en nombre y representación de D. Ludovicus Hubertus Braeken y Dña. Pauline Stacey contra la entidad F & H Invest Trust, S.A., debo condenar y condeno a la demandada a formalizar en escritura pública el contrato privado de compraventa suscrito entre las partes en fecha 21 de julio de 1988, con expresa condena en costas a la demandada.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada F & H Invest Trust, S.A., por providencia de 14 de febrero de 2003 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4, 164 y 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificar la sentencia a la entidad demandada.

En Arona, a 14 de febrero de 2003.- La Secretario Judicial.

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