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Habiendo sido intentada, mediante carta certificada con acuse de recibo la notificación a Dña. Josefa M. Castro Concepción, la Resolución dictada en el expediente sancionador S-14/02, y no teniendo constancia de su recepción y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), esta Dirección General
R E S U E L V E:
Notificar a Dña. Josefa M. Castro Concepción la Resolución de fecha 30 de septiembre de 2002, cuya parte dispositiva acuerda textualmente:
"Sancionar a Dña. Josefa Margot Castro Concepción, con multa de 1.502,53 euros (mil quinientos dos con cincuenta y tres), como autora de una infracción muy grave al régimen legal de V.P.O., tipificada en el artículo 153.c).8 del Reglamento aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. nº 216, de 7.9.68), por omisión del visado del contrato de arrendamiento de la vivienda de protección oficial, sita en la calle Avenida El Puente, 35, portal A, 3º-C, término municipal de Santa Cruz de La Palma, expediente de V.P.O., nº 38-IG-0015/94-037.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa se podrá interponer, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Infraestructuras, de conformidad con lo previsto en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 285, de 27.11.92, y B.O.E. nº 12, de 14.1.99), en relación con el artículo 20.1 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 122, de 16.9.91), y artículo 2 del Decreto 161/1996, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse."
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de marzo de 2003.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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