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BOC Nº 060. Jueves 27 de Marzo de 2003 - 1304

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

1304 - Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 5 de marzo de 2003, sobre notificación a Construcciones Martín Darias, S.L. de la orden de obras en el expediente de diligencias previas P-310/02.

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Habiendo sido intentada, mediante carta certificada con acuse de recibo la notificación a Construcciones Martín Darias, S.L., de la orden de obras que se tramita en el expediente de diligencias previas P-310/02, y no teniendo constancia de su recepción y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), esta Dirección General

R E S U E L V E:

Notificar a Construcciones Martín Darias, S.L. lo siguiente:

"Con ocasión de la información reservada que se está tramitando en esta Dirección General, por defectos constructivos existentes en el edificio de protección oficial, promoción privada sito en la calle Castellón, 7, 2º, pta. 3, Finca España, en el término municipal de La Laguna, y que es previa a la incoación de expediente sancionador, a tenor de lo establecido en el artículo 158 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial de 24 de julio de 1968, por nuestros Servicios Técnicos se ha realizado el informe que a continuación se transcribe:

En relación con el escrito de denuncia, por deficiencias en zonas comunes del edificio de VPO, presentado por Dña. Dulce María Montesdeoca Álvarez, en su calidad de Presidenta de la Comunidad de Propietarios, de fecha 28 de agosto de 2002, registro general de entrada nº 405.721, y una vez realizada la correspondiente visita de inspección acompañado de la Presidenta, se informa lo siguiente:

ANTECEDENTES

El edificio de viviendas y garaje situado entre las calles Castellón, 7 y Cartagena, promovido y construido por la entidad mercantil Construcciones Martín Darias, S.L., se encuentra acogido al Régimen Especial de Viviendas de Protección Oficial de Promoción Privada, con Cédula de Calificación Definitiva de fecha 19 de marzo de 1998, expediente nº 38-1E-0082/96-023.

DEFICIENCIAS OBSERVADAS EN LA VISITA:

1.- Pasillos y caja de escalera:

1.1. Signos de humedad, con los consiguientes deterioros y desprendimientos de los guarnecidos/enlucidos de yeso y de la pintura, en paramento del pasillo y hall de entrada por la calle Cartagena (paramento-pared de división de propiedades).

1.2. Igual anterior, en paramentos y losa de la caja de escalera (último tramo).

1.3. Insuficiente fijación de las barandas de aluminio de las escaleras.

2.- Cubierta:

2.1. Importantes signos de humedad, con los consiguientes deterioros y desprendimientos de los guarnecidos/enlucidos de yeso y de la pintura, en paramento de los cuartos lavaderos.

2.2. Fisuraciones horizontales en partes altas de las paredes de cerramiento de los referidos cuartos lavaderos.

2.3. Ausencia de sumidero en cubierta de uno de los cuartos lavaderos, concretamente sobre el perteneciente al piso 2º, puerta 3. En otro, sin rejilla. En general estas cubiertas presentan algunas losetas del pavimento fisuradas.

2.4. Fisuraciones en el antepecho de la escalera para subir al segundo plano de la cubierta transitable.

3.- Patio de luces:

3.1. Signos de humedad en parte alta de paramento.

4.- Fachada:

4.1. Fisuración horizontal en el voladizo de fachada a la calle Castellón -concretamente entre las dos plantas-.

POSIBLES CAUSAS:

Las deficiencias observadas se estiman imputables a la construcción, sus acabados, y no como consecuencia de un mal uso por parte de la propiedad.

OBRAS A EJECUTAR:

Por la Constructora y bajo Dirección Técnica.

1.- Sellar los encuentros de esta construcción con la colindante, posterior reparación de los daños en paramentos de la entrada y caja de escalera, o cualquier otra obra (impermeabilización, aislante, etc.) a criterio de la Dirección Facultativa tendente a eliminar los signos de humedad por infiltración que se manifiestan en los referidos paramentos.

2.- Cuartos lavaderos: reparar la impermeabilización de las cubiertas de estos cuartos: sustitución de las losetas fisuradas en sus cubiertas: instalar sumidero en la cubierta de uno de los cuartos y en el resto revisarlos y acondicionarlos.

3.- Previo rascado y eliminación del material de recubrimiento suelto, se debe proceder al sellado, con un material elástico, de las distintas fisuraciones que se manifiestan en paredes de cerramiento de los cuartos lavaderos, antepechos de la cubierta, encuentros laterales de los peldaños de escalera entre los dos niveles de la azotea, caja de escalera, voladizo de fachada. Posterior tratamiento unificador de pintura.

4.- Reparación de daños por infiltraciones en paramentos y losa de la caja de escalera. Posterior tratamiento unificado de pintura.

5.- Repasar la fijación de las barandas de las escaleras.

PLAZO DE EJECUCIÓN: 60 días.

NOTA: en relación con otros puntos contenidos en el cuerpo del escrito de denuncia y una vez consultado el proyecto de ejecución, se informa lo siguiente:

1.- Se comprueba en el Documento de Mediciones y Presupuestos que no existe ninguna partida de mármol para el pavimento de las entradas al edificio.

2.- Se comprueba en el mismo Documento que el pavimento del garaje está definido como continuo de hormigón H-175, partida 6.08.

3.- Dado el tiempo transcurrido desde la entrega del edificio, casi cinco años, se estima que las deficiencias que pueda presentar el motor de la puerta de acceso al garaje es cuestión de mantenimiento.

4.- Así mismo, se hace constar por la misma causa, es decir el paso de los años, que según las Instrucciones sobre el mantenimiento de las viviendas se recomienda a la comunidad de propietarios la revisión anual, en los períodos secos, de los materiales sellantes exteriores (carpintería, juntas de dilatación, pavimentos, etc.), ya que pueden perder su efectividad por desprendimientos, agrietamientos o pérdida de elasticidad, en estos casos no se debe dudar en reponerlos. Lo mismo se aplica para la pintura exterior y de zonas comunes interiores que debe ser repuesta entre el tercer y quinto año.

Es cuanto se puede informar.

Si voluntariamente se procede a ejecutarlas, se deberá comunicar posteriormente a esta Dirección General para su comprobación técnica. En el caso de no realizarse las obras por quien corresponda, se acordará la incoación de expediente sancionador de acuerdo con los preceptos citados."

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de marzo de 2003.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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