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R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión de fecha 4 de febrero de 2003, por el que se hace pública la sentencia, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de 16 de septiembre de 2002, que anula la aprobación definitiva de la modificación de las Normas Subsidiarias de Los Realejos (Tenerife), acordada por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión de 21 de enero de 1999, cuyo texto figura como anexo.
Santa Cruz de Tenerife, a 7 de marzo de 2003.- El Director General de Ordenación del Territorio, Rafael Castellano Brito.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 4 de febrero de 2003, adoptó el siguiente Acuerdo:
Primero.- Proceder a la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del anuncio que haga público que la aprobación definitiva de la modificación de las Normas Subsidiarias de Los Realejos (Tenerife) acordada por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión de 21 de enero de 1999 ha sido anulada por sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de 16 se septiembre de 2002, dimanante del recurso contencioso-administrativo 372/1999.
Segundo.- Extender diligencia de invalidación de la aprobación definitiva de la modificación antes expuesta, en la documentación urbanística obrante en la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente, comunicándolo al Ayuntamiento de Los Realejos para que, en ejecución de tal sentencia, adopte igual medida.
Tercero.- El presente Acuerdo será debidamente notificado al Ayuntamiento de Los Realejos, Excmo. Cabildo Insular de Tenerife y Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en su sede de Santa Cruz de Tenerife.
La presente certificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986 y artículo 145 de la Ley 14/1990, de reforma del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, por remisión del artículo 2 de dicha norma territorial.- EL Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, p.a., la Titulada Superior, Paloma Galeán Pérez.
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