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SENTENCIA
En Puerto de la Cruz, a seis de febrero de dos mil tres.Vistos por mí, Dña. Raquel díaz díaz, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Dos de los de esta ciudad y su partido judicial, los presentes autos de Juicio Verbal de Desahucio por falta de pago nº 184/2001, promovidos a instancia del Procurador D. Juan Pedro González Martín, actuando en nombre y representación de Dña. Ángela Hernández Martín, y asistida del Letrado D. José Luis Taoro Pérez, contra la entidad mercantil Telnet Global Comunications, S.L., declarado en situación procesal de rebeldía, dicto la presente en base a los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda inicial de las presentes actuaciones interpuestas por el Procurador D. Juan Pedro González Martín, actuando en nombre y representación de Dña. Ángela Hernández Martín, y asistida del Letrado D. José Luis Taoro Pérez, contra la entidad mercantil Telnet Global Comunications, S.L., declarado en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que existía entre la actora y el demandado, celebrado sobre el local sito en esta ciudad, segunda planta de locales del Edificio Bahamas, local señalado con las siglas C-9-B, y consecuentemente, declarando, asimismo, haber lugar al desahucio del demandado de la citada finca, apercibiéndole que si no la desaloja dentro del término legal, será lanzado de ella y a su costa, condenando a la entidad demandada al pago a la actora de la cantidad total de l9.l33,88 euros; todo ello con expresa imposición de las costas al demandado.Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, incluyéndose el original en el Libro de Sentencias.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Telnet Global Comunications, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Puerto de la Cruz, a veinte de febrero de dos mil tres.- El/la Secretario.
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