

|
|
|
RESOLUCIÓN DEL CONSEJERO DELEGADO
No teniendo constancia en este Excmo. Cabildo Insular del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles la Resolución de caducidad recaída en el expediente incoado con motivo de infracciones a la normativa del transporte por carretera, y conforme al artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de Canarias, transferidas a esta Corporación por Decreto 159/1994, de 21 de julio, y artículo 34.1.o) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, correspondiente a la Presidencia la resolución de los expedientes relativos a transportes terrestres, habiendo delegado dicha atribución por Decreto 2.804/2001, de 21 de septiembre, en el Consejero de Transportes y Comunicaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y vista la propuesta de Resolución de la Jefa de Sección de Transportes y Comunicaciones, en funciones, de fecha 18 de febrero de 2003, es por lo que se acuerda:
1.- Notificar a los titulares de los vehículos que se citan las resoluciones de caducidad que han recaído en los expedientes sancionadores que les han sido instruidos por este Cabildo Insular por infracción a la legislación de transporte por carretera.
Contra las Resoluciones que por la presente se notifican podrá interponerse recurso de reposición ante el Presidente de la Corporación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, como requisito previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo que habrá de formularse ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
2.- Remitir a los Ayuntamientos de las poblaciones citadas la presente Resolución para su publicación en el tablón de los edictos correspondientes.
1) TITULAR: Ducavi, S.L.; EXPTE.: GC/200827/O/01; POBLACIÓN: Arrecife; MATRÍCULA: GC-5403-AD; INFRACCIÓN: artē. 142.b) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 199.b) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 30,05 euros; HECHO INFRACTOR: no llevar a bordo la tarjeta vigente.
2) TITULAR: Carpintería Canadecor, S.A.; EXPTE.: GC/201270/I/01; POBLACIÓN: Arrecife; MATRÍCULA: B-6864-TD; INFRACCIÓN: artē. 140.a), en relación con el artē. 141.o) Ley 16/1987, de 30.7, y artē. 197.a), en relación con el artē. 198.p) Real Decreto 1.211/1990, 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías careciendo de autorización de transportes.
3) TITULAR: Paz Bus, S.L.; EXPTE.: GC/201213/I/01; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: GC-2728-BK; INFRACCIÓN: artē. 141.i) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 198.ll) Real Decreto 1.211/1990, 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: carecer de Libro de Reclamaciones.
4) TITULAR: Hurianaman, S.L.; EXPTE.: GC/200583/O/01; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: GC-7518-CG; INFRACCIÓN: artē. 140.b) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 197.b) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 1.388,34 euros; HECHO INFRACTOR: prestación de servicios en condiciones que puedan afectar a la seguridad de las personas por entrañar peligro grave y directo para las mismas.
5) TITULAR: Bus Leader, S.L.; EXPTE.: GC/200807/O/01; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: GC-3073-S; INFRACCIÓN: artē. 142.l)Ley 16/1987, de 30.7, artē. 199.m) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 276,47 euros; HECHO INFRACTOR: no formalizar el libro de ruta.
5) TITULAR: Bus Leader, S.L.; EXPTE.: GC/200794/O/01; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: GC-4618-BZ; INFRACCIÓN: artē. 142.l) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 199.m) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 276,47 euros; HECHO INFRACTOR: no llevar el libro de ruta en los vehículos.
6) TITULAR: Bus Leader, S.L.; EXPTE.: GC/200487/O/01; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: GC-4618-BZ; INFRACCIÓN: artē. 141.i) Ley 16/1987, de 30.7 artē. 198.ll), Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: la falta en las administraciones o en los vehículos de los libros de reclamaciones.
7) TITULAR: Bus Leader, S.L.; EXPTE.: GC/201264/O/01; POBLACIÓN: Puerto del Rosario; MATRÍCULA: GC-2728-BK; INFRACCIÓN: artē. 140.g) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 197.g) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 1.502,53 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público interior, utilizando títulos habilitantes expedidos a nombre de otras personas.
8) TITULAR: Plataforma Logística Canaria, S.L.; EXPTE.: GC/201027/O/01; POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife; MATRÍCULA: TF-4764-BN; INFRACCIÓN: artē. 140.a), en relación con el artē. 141.o) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 197.a), en relación con el artē. 148.p) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías careciendo de autorización de transportes.
9) TITULAR: Plataforma Logística Canaria, S.L.; EXPTE.: GC/200667/O/01; POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife; MATRÍCULA: TF-4764-BN; INFRACCIÓN: artē. 140.a), en relación con el artē. 141.o) Ley 16/1987, de 30.7, y artē. 197.a), en relación con el artē. 198.p) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías careciendo de autorización de transportes.
10) TITULAR: Seven Pack Canarias, S.L.; EXPTE.: GC/200818/I/01; POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife; MATRÍCULA: TF-1730-BT; INFRACCIÓN: artículos 102.3 y 140.a), en relación con el artē. 141.o) Ley 16/1987, de 30.7, artículos 157 y 197.a), en relación con el artē. 198.p); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte público de mercancías careciendo de autorización administrativa (vehículo ligero).
11) TITULAR: Seven Pack Canarias, S.L.; EXPTE.: GC/200835/I/01; POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife; MATRÍCULA: TF-4273-BG; INFRACCIÓN: artículos 102.3 y 140.a) de la Ley 16/1987, de 30.7, artículos 157 y 197.a) Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 300,41 euros; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte público de mercancías careciendo de autorización administrativa (vehículo ligero).
12) TITULAR: Seven Pack Canarias, S.L.; EXPTE.: GC/200759/O/01; POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife; MATRÍCULA: TF-4273-BG; INFRACCIÓN: artē. 140.a), en relación con el artē. 141.o) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 197.a), en relación con el artē. 148.p) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300,51 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías careciendo de autorización de transportes.
13) TITULAR: Graig Distaibuttion Canarias, S.A.; EXPTE.: GC/200622/O/01; POBLACIÓN: Agüimes; MATRÍCULA: GC-6577-CL; INFRACCIÓN: artē. 141.b), en relación con el artē. 142.m) Ley 16/1987, de 30.7, y artē. 198.b), en relación con el artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 150,25 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
14) TITULAR: Yars Servicios Auxiliares, S.A.; EXPTE.: GC/200874/I/01; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: TF-6264-AS; INFRACCIÓN: artē. 142.c) de la Ley 16/1987, de 30.7, artē. 199.c) Real Decreto 1.211/1990; CUANTÍA: 30,05 euros; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte privado complementario de mercancías careciendo de alguno de los distintivos.
15) TITULAR: Hilario Torres Yanes e Hijos, S.L.; EXPTE.: GC/201256/O/01; POBLACIÓN: Telde; MATRÍCULA: SE-1942-DN; INFRACCIÓN: artē. 141.b) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 198.b) Real Decreto 1.211/1990, 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 150,25 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
16) TITULAR: Comercial Garoé, S.L.; EXPTE.: GC/201144/O/01; POBLACIÓN: Telde; MATRÍCULA: GC-9296-AU; INFRACCIÓN: artē. 141.b), en relación con el artē. 142.m) Ley 16/1987, de 30.7, artē. 198.b), en relación con el artē. 199.ñ) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 150,25 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías careciendo de autorización.
Puerto del Rosario, a 19 de febrero de 2003.- El Secretario General, Miguel Ángel Rodríguez Martínez.- Vē.Bē.:el Consejero Delegado de Transportes y Comunicaciones, Ildefonso Chacón Negrín.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |