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BOC Nº 050. Jueves 13 de Marzo de 2003 - 430

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

430 - Dirección General de Universidades e Investigación.- Resolución de 24 de febrero de 2003, por la que se rectifica un error material producido en la Resolución de 30 de agosto de 2001, que concede ayudas para la realización de estudios universitarios en el curso 2000/2001 (B.O.C. nº 131, de 8 de octubre).

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Por Resolución de 30 de agosto de 2001 (B.O.C. nº 131, de 8.10.01), se concedieron ayudas para la realización de estudios universitarios en el curso 2000/2001, conforme a la convocatoria efectuada por Orden de 26 de septiembre de 2000 (B.O.C. de 2 de octubre) figurando como beneficiario entre otros, D. Rayco García Caballero por precios públicos con la cantidad de 43.710 pesetas y denegándose la ayuda de transporte y alojamiento, en base a la causa 6: "no consignar en la solicitud los datos básicos o no haber aportado la documentación necesaria para la resolución de la misma, pese a haberle sido requerida".

Resultando que el interesado solicitó la revisión de su expediente.

Resultando que la propuesta de denegación de la solicitud se ha fundamentado en la falta de recibos de contribución, ingresos del solicitante y del contrato de alquiler, o en su defecto, un certificado de residencia expedido por el Ayuntamiento de La Laguna. Esta carencia de documentación le fue comunicada al alumno en su momento, y posteriormente D. Rayco García Caballero presentó las alegaciones y documentos en el plazo establecido.

Resultando que tras el examen del expediente de solicitud de la ayuda, se constató que el interesado había aportado la documentación en el plazo establecido, no habiendo lugar a la denegación, por lo que la Comisión de Selección de las ayudas para la realización de estudios universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias del curso académico 2000/2001 de la Universidad de La Laguna informa favorablemente y propone la estimación de la beca en ambas modalidades.

Considerando lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el sentido de que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos y en virtud de las competencias que se me delegan en la Orden de convocatoria de 26 de septiembre de 2000,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar la Resolución de 30 de agosto de 2001 (B.O.C. nº 131, de 8.10.01) por la que se conceden ayudas para la realización de estudios universitarios en el curso 2000/2001, en el sentido de incluir a D. Rayco García Caballero, como beneficiario de una ayuda por transporte y alojamiento para los estudios universitarios correspondiente al curso 2000/2001, por importe de 1.819,58 euros (302.752 pesetas).

Segundo.- Que se le abone la cantidad de 1.819,58 euros (302.752 pesetas) con cargo a la partida presupuestaria 18.07 422G 480 11 P.I./L.A.18404902 "Ayudas a los estudios universitarios (Ley 3/1995, de Medidas de Apoyo a los estudios Universitarios)".

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, al dictarse en virtud de competencias delegadas, podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de febrero de 2003.- El Director General de Universidades e Investigación, Urbano Medina Hernández.

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