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2003/049 - Miércoles 12 de Marzo de 2003

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

Regresar al sumario 422 ORDEN de 14 de febrero de 2003, por la que se delega la competencia en materia de autorización de ampliación de créditos que amparan gastos de personal en la Directora de la Academia Canaria de Seguridad.

I. ANTECEDENTES

Único.- El artículo 14.1.c) de la Ley 13/2002, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2003, atribuye a los titulares de los Departamentos la competencia para autorizar la ampliación de los créditos que amparen gastos de personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 36.2, apartados a) y b), salvo que venga impuesto por resolución judicial firme, y d) de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias: y anexo I de la propia Ley 13/2002, apartados 1.a), 1.b), 1.c) y 2.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, posibilitan la delegación de competencias en el Órgano que, por aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo.

Segunda.- Circunstancias de índole técnica aconsejan delegar la competencia a que se refiere el artículo l4.1.c) de la Ley 13/2002, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2003, con el objeto de agilizar y alcanzar una mayor eficacia en el funcionamiento de los Servicios.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en la Directora de la Academia Canaria de Seguridad la competencia para autorizar la ampliación de créditos que amparen gastos de personal a los que se refiere el artículo 14.1.c) de la Ley 13/2002, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2003.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- La presente Orden surtirá efectos durante el ejercicio presupuestario de 2003 a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de febrero de 2003.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA

E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,

Julio Bonis Álvarez.

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