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BOC Nº 048. Martes 11 de Marzo de 2003 - 1071

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1071 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 24 de enero de 2003, del Director, relativo a notificación de Acuerdo de inicio de procedimiento de reintegro a la entidad Aida Gifts, S.L.L.- Expte. nº 01-35/00842.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del citado Acuerdo de inicio de reintegro en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se hace saber a la misma que con fecha 17 de enero de 2003 fue registrado de salida el documento del tenor literal siguiente:

Por la Dirección del Instituto Canario de Formación y Empleo se ha verificado en diligencias de información previa, que por parte de la entidad Aida Gifts, S.L.L., beneficiaria de una subvención de las previstas en el programa "Desarrollo de la Economía Social", de la Orden de 29 de diciembre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones públicas con cargo al programa "Desarrollo de la Economía Social" (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), modificada por las Órdenes de 24 de noviembre de 1999 (B.O.E. nº 287, de 1.12.99), 4 de septiembre de 2000 (B.O.E. nº 221, de 14.9.00), y de 26 de noviembre de 2001 (B.O.E. nº 299, de 14.12.01), para la realización de las Incorporaciones de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales siguientes

APELLIDOS Y NOMBRE: Bartolomé Pascual, Carolina.

N.I.F.: 16599398E.

FECHA DE ALTA EN LA SS.SS.: 1.10.01.

APELLIDOS Y NOMBRE: Bartolomé Pascual, Jesús.

N.I.F.: 16571698Z.

FECHA DE ALTA EN LA SS.SS.: 1.10.01.

por un importe de seis mil diez euros con doce céntimos (6.010,12 euros), mediante Resolución del Director, de fecha 7 de noviembre de 2001, de la cual se abonó el 100% en fecha 21 de noviembre de 2001, se ha incurrido en la siguiente causa determinante del reintegro de oficio de la referida subvención, a tenor de lo establecido en el artículo 12 de la Orden de 29 de diciembre de 1998 anteriormente mencionada, dado que el apartado 9 del artº. 81 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada por la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, establece que procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención, y en la cuantía fijada en el artº. 36 de dicha Ley, en el caso del incumplimiento de la obligación de justificación.

Y ello es así por las siguientes razones:

1º) Que el número tercero del resuelvo de la indicada Resolución y en parecidos términos el artº. 8 de la Orden de 29 de diciembre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones públicas con cargo al programa "Desarrollo de la Economía Social" (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), modificada por las Órdenes de 24 de noviembre de 1999 (B.O.E. nº 287, del 1.12.99), 4 de septiembre de 2000 (B.O.E. nº 221, de 14.9.00), y de 26 de noviembre de 2001 (B.O.E. nº 299, de 14.12.01), obliga a la entidad beneficiaria a:

- A mantener, al menos durante tres años, como socio trabajador o de trabajo, a la persona o personas por cuya incorporación se concede la ayuda.

- Durante el plazo de tres años, y para el caso de baja por cualquier causa de alguno de los socios en virtud de cuya incorporación se hubiera otorgado la subvención, a cubrir el puesto de trabajo con un nuevo socio trabajador o de trabajo en el que concurra alguna de las circunstancias recogidas en el punto 1.1.1 del artº. 3 de la Orden referenciada.

- A comunicar inmediatamente al Instituto Canario de Formación y Empleo, las bajas de los socios por los que se ha percibido subvención, así como proceder a su sustitución en el plazo de cuatro meses siguientes a la fecha de la baja y presentar la documentación que acredite haberla realizado dentro de los quince días siguientes a la misma.

2º) Que por escrito de fecha 11 de octubre de 2002, registro de salida nº 317.636/29.512, se requirió a la entidad la remisión de la siguiente documentación justificativa:

- Fotocopia compulsada del libro de socios o de participaciones.

- Informe de vida laboral de la empresa correspondiente a la anualidad a justificar en el caso de altas en el régimen general de la Seguridad Social.

- Informe de vida laboral de cada uno de los socios subvencionados, correspondiente a la anualidad a justificar, en el caso de altas en el régimen de autónomos.

en el domicilio que figura en el expediente, otorgándole un plazo de diez días, bajo el apercibimiento de que si así no lo hiciera se procedería a iniciar el correspondiente expediente de reintegro, escrito que fue expuesto al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Las Palmas desde el 14 de noviembre de 2002 hasta el 2 de diciembre de 2002, y publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 170, de 23 de diciembre de 2002, según documentación que obra en el expediente.

3º) Que a la fecha de inicio de este expediente no ha sido cumplimentado dicho requerimiento, encontrándose por tanto, sin justificar la subvención concedida.

Por cuanto antecede, de conformidad con el artículo 8 del Real Decreto 2.225/1993, de 17 de diciembre, en relación a la Disposición Adicional Primera de la Orden de 29 de diciembre de 1998 y con el artículo 81 del Real Decreto Legislativo 1.091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, en la redacción dada por la Ley 30/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, en ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 3.d) la Ley 7/1992, de 25 de noviembre, de creación de este Instituto y el Decreto Territorial 111/1999, de 25 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento Orgánico, en relación con lo dispuesto en los artículos 69.1 y 84 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Resolución del Presidente del ICFEM de 27 de julio de 2001, por la que se delegan en el Director del ICFEM determinadas competencias,

Acuerdo:

Primero.- Iniciar el procedimiento para el reintegro de oficio, de la subvención concedida a la entidad Aida Gifts, S.L.L., mediante Resolución del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo de fecha 7 de noviembre de 2001, registrada con el nº 01-35/2911, por las causas mencionadas, sin perjuicio de la exigencia de las demás responsabilidades a que dicho incumplimiento pudiera dar lugar en aplicación de la legislación vigente.

Segundo.- Conceder al interesado un plazo de diez días para que pueda comparecer en el expediente, tomar audiencia y vista del mismo, proponer pruebas y realizar las alegaciones que tenga por conveniente. Concluido este trámite y vistas las actuaciones pertinentes se dictará la resolución que corresponda.

Tercero.- Notifíquese este acuerdo, según lo exigido en el artículo 58 y en los términos del artículo 59, ambos de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra el presente acuerdo no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de que el interesado, conforme a lo previsto en el artículo 107.1 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pueda alegar oposición al presente acto para su consideración en la resolución que ponga fin al presente procedimiento y sin perjuicio de la posibilidad de recurrirla.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de enero de 2003.- El Director, p.d., el Jefe de Servicio de Apoyo a la Economía Social (Resolución nº 2.957, de 29.9.99), Adolfo Faleh Pérez.

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