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Advertidos errores en el texto remitido para la publicación de la Resolución de 8 de noviembre de 2002, del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo, por la que se aprueban las bases de vigencia indefinida de las convocatorias para la concesión de subvenciones dirigidas al fomento de la economía social con cargo a la medida denominada "Favorecer la generación de nueva actividad que permita la creación de empleo" establecida en el Programa Operativo Integrado de Canarias 2000-2006 (B.O.C. nº 160, de 2.12.02), es preciso proceder a su corrección, a tenor de lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre y B.O.E. nº 12, de 14 de enero, respectivamente), en el sentido siguiente:
- En la base octava, apartado 1:
Donde dice: "En el caso de las subvenciones para el apoyo a cooperativas y sociedades laborales, deberá acompañarse:"
Debe decir: "En el caso de las subvenciones para incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales, deberá acompañarse:"
- En la base octava, apartado 1.g):
Donde dice: "Escrito en el que la entidad solicitante se comprometa a asumir las obligaciones establecidas en la base novena, punto 2."
Debe decir: "Escrito en el que la entidad solicitante se comprometa a asumir las obligaciones establecidas en la base undécima, punto 2."
- En la base octava, apartado 1.k):
Donde dice: "La acreditación del alta de la entidad o de la persona que va a realizar el servicio de tutoría en alguno de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas relacionados en la base tercera."
Debe decir: "La acreditación del alta de la entidad o de la persona que va a realizar el servicio de tutoría en alguno de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas relacionados en la base quinta apartado 2."
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