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El artículo 10.5 del Decreto Territorial 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, dispone que: "Las resoluciones que pongan fin a los procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones iniciados por convocatoria pública deberán publicarse en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los treinta días siguientes a su adopción, sin perjuicio de su notificación a los interesados. La publicación podrá limitarse a especificar los beneficiarios, los importes y el destino de las ayudas o subvenciones concedidas, así como que han sido desestimadas las restantes solicitudes".
En cumplimiento de dicho precepto, se relacionan en anexo a este anuncio los beneficiarios, importes y destino de las ayudas concedidas por Resolución nº 132, de fecha 30 de septiembre de 2002, del Ilmo. Sr. Director General de Desarrollo Agrícola, al amparo de la Orden de 15 de marzo, por la que se convocan subvenciones destinadas a planes de mejora y primera instalación de agricultores jóvenes en materia de desarrollo agrícola, reguladas por el Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrícolas.
Santa Cruz de Tenerife, a 26 de febrero de 2003.- El Director General de Desarrollo Agrícola, Antonio Jesús Ortega Rodríguez.
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