Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 036. Viernes 21 de Febrero de 2003 - 316

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad y Consumo

316 - Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias.- Resolución de 3 de febrero de 2003, de la Directora, por la que se convoca un curso de Diplomado en Enfermería de Empresa, que se impartirá en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, a celebrar una edición en Las Palmas de Gran Canaria y otra en Santa Cruz de Tenerife.

Descargar en formato pdf

Dentro de sus actividades formativas, la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias organiza cursos regulares, homologables por el Ministerio de Sanidad y Consumo, al objeto de ofertar a los profesionales titulados universitarios, que pertenezcan al Sistema Sanitario o que pretendan acceder al mismo, un sistema formativo homogéneo en todo el Sistema Nacional de Salud. Durante el año 2003 la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias tiene prevista la realización, entre otros, del curso de Diplomado en Enfermería de Empresa, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, una edición en Las Palmas de Gran Canaria y otra en Santa Cruz de Tenerife.

El curso se realizará, en colaboración con la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo, con programas consensuados por ambas Instituciones, con objeto de asegurar un sistema formativo homogéneo en todo el Sistema Nacional de Salud.

Los Diplomas serán expedidos por la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo, en virtud del Convenio suscrito entre el Instituto de Carlos III y la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias.

Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9.3.a) Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, aprobado por el Decreto 5/1994, de 14 de enero, resuelvo convocar el mencionado curso con las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

Primera.- Normas generales.

1. La duración de los cursos será de trescientas horas lectivas, teórico-prácticas, a celebrar en una edición en Las Palmas de Gran Canaria y otra en Santa Cruz de Tenerife.

2. Las plazas que se convocan son 35 en cada isla, que se cubrirán por concurso de méritos si el número de solicitudes excede de la mencionada cifra. Se reservarán tres plazas por curso, para aquellos alumnos que tengan el mejor expediente académico y que hayan terminado sus estudios en el año anterior a la convocatoria. El curso podrá ser suspendido en el supuesto que las plazas ofertadas no se cubran en su totalidad.

3. Los méritos valorables en el concurso serán los que se establecen en el baremo que figura como anexo I de la presente convocatoria.

4. No serán valorados los méritos que no sean debidamente acreditados.

5. La presentación de documentación acreditativa de los méritos alegados distinta de la requerida o la no presentación de la misma, no será valorada, pero no será causa de la exclusión del aspirante para participar en el proceso de selección.

6. La documentación acreditativa de los méritos valorables será presentada junto con la solicitud, no pudiendo ser incorporada con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

7. En razón al derecho de formación del personal de la Consejería de Sanidad y Consumo y de su Organismo Autónomo Servicio Canario de la Salud, se reserva la posibilidad de incluir, sin ocupar plaza, a sus profesionales en un porcentaje del 20% sobre el total de plazas ofertadas.

8. El curso podrá ser suspendido en el supuesto que el número de solicitudes no supere al de las plazas ofertadas.

Segunda.- Requisitos.

1. Los aspirantes deberán estar en posesión de la nacionalidad española y del título de Diplomado en Enfermería o ATS.

2. Podrán participar en esta convocatoria, en igualdad de condiciones que los españoles, los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Asimismo, podrán participar los cónyuges de quienes se citan en el párrafo anterior siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

3. Los aspirantes que se mencionan en los dos párrafos anteriores deberán estar en posesión del título español de Diplomado en Enfermería, o su equivalente extranjero homologado o reconocido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, conforme a lo previsto en la legislación aplicable en la materia.

4. El requisito establecido en la base 2.1 se acreditará mediante la presentación del título original o fotocopia debidamente legalizada o compulsada.

5. Los requisitos establecidos en las bases 2.1 y 2.2 deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancia.

Tercera.- Solicitudes.

1. La solicitud para formar parte en el curso se ajustará exactamente al modelo oficial que figura como anexo II de la presente convocatoria.

2. Junto con la solicitud, los aspirantes presentarán la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos especificados en la base segunda, así como la documentación acreditativa de los méritos aportados.

3. Las solicitudes, dirigidas a la Ilma. Sra. Directora de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, se presentarán en el Registro de la Escuela calle Leoncio Rodríguez, 7, Edificio El Cabo, 4ª planta, Santa Cruz de Tenerife o en la calle Cano, 25, Las Palmas de Gran Canaria, o en la forma que establece el artº. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

5. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias hará públicas las listas de admitidos y excluidos al proceso de selección, con indicación de las causas de exclusión. Las listas se publicarán en los tablones de anuncios de la Escuela.

6. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de las listas, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, siempre que no afecte a lo dispuesto en la base 1.6 de la presente convocatoria.

Cuarta.- Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección.

1. El proceso de selección será llevado a cabo por la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección que a estos efectos se constituirá en la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias.

2. La Presidenta de la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección será la Directora de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias.

3. La Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección, además de la Presidenta, contará con cuatro vocales, nombrados por la Directora de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, dos de ellos entre el personal del Servicio Canario de la Salud que desempeña tareas, servicios o funciones en materia de salud laboral y otros dos Diplomados en Enfermería o Ayudantes Técnicos Sanitarios, que se encuentren en posesión del título de Enfermería o ATS de empresa, a propuesta del Colegio Oficial de Enfermería de Santa Cruz de Tenerife.

Como Secretario podrá actuar un miembro de la Escuela, con voz pero sin voto, o el vocal de menos edad de la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección. Cada miembro de la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección tendrá su correspondiente suplente, designados todos ellos de igual forma que los titulares.

4. La composición nominal de la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección se determinará mediante Resolución de la Directora de la Escuela y serán publicadas en el tablón de anuncios de las sedes de la ESSSCAN.

5. Los miembros de la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artº. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

6. La Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección se constituirá previa convocatoria de la Presidenta y con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

7. La Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección, a efectos de indemnización por razón de servicio, se regirá por lo dispuesto en el Consejo de Administración de la Entidad de fecha 1 de diciembre de 2001, revisado en mayo de 2002.

8. Se contará con la presencia de la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo, durante el desarrollo del curso, especialmente en la inauguración y para el Tribunal de valoración final del mismo, así como en todas aquellas reuniones de la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección que la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo considere oportunas.

Quinta.- Proceso de selección.

1. La Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección a que hace referencia la base cuarta, procederá a valorar los méritos que, debidamente acreditados, hayan aportado los solicitantes, aplicando para ello el baremo que figura como anexo I de la presente convocatoria.

2. En caso de posible empate, tendrá prioridad el aspirante que cuente con mayor puntuación en el capítulo 2 del baremo establecido, que figura en el anexo I, méritos profesionales en salud laboral, y, en caso de nuevo empate, el aspirante de mayor edad.

3. Finalizado el proceso de valoración, la Comisión de Seguimiento y Selección elaborará una lista provisional de los aspirantes por orden correlativo de la puntuación obtenida por cada uno de ellos.

4. La lista provisional se publicará, al menos, en el tablón de anuncios de las sedes en la Escuela.

5. Contra la lista provisional, los interesados podrán formular reclamación ante la Directora de la Escuela, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en los tablones de anuncios reseñados en el apartado anterior. Estas reclamaciones serán resueltas mediante Resolución de la Directora de la ESSSCAN.

6. Finalizado el plazo de reclamaciones y teniendo en cuenta las Resoluciones recaídas en las mismas, se elaborará la lista definitiva de admitidos al curso, a la que se dará la misma publicidad que a la lista provisional.

7. Al publicarse la lista definitiva de admitidos, se especificarán los plazos para formalizar la matrícula y el lugar en que deberá hacerse efectivo el importe de la misma, cuya cuantía se establece en mil cuatrocientos (1.400) euros.

Así mismo se especificarán la fecha de comienzo del curso y el lugar de desarrollo del mismo.

Con objeto de garantizar el derecho que les pudiese corresponder a los solicitantes que han quedado en reserva, los alumnos seleccionados que hayan formalizado la matrícula del curso, podrán solicitar por escrito la devolución del importe ingresado, siempre que la petición de devolución se produzca dentro de los cinco días naturales anteriores al inicio del curso. Superado el plazo mencionado se perderá el derecho a la restitución económica.

Sexta.- Desarrollo del curso.

1. El curso se desarrollará por medio de enseñanzas teóricas y prácticas de trescientas horas de duración y en las materias establecidas en el anexo III.

2. Los alumnos matriculados estarán obligados a asistir a las clases teóricas y prácticas. La ausencia superior a un diez por ciento de las horas lectivas, dará lugar a la pérdida de todos los derechos del alumno, incluido el importe de la matrícula.

3. Serán puntuables y formarán parte de la nota final:

- Prueba objetiva individual: hasta un total del 70% sobre la nota final.

- Trabajo de campo en materia de salud laboral o período de prácticas en Servicio de Prevención: hasta un total del 30% sobre la nota final. Los alumnos que opten por las prácticas deberán realizar una memoria sobre las mismas.

- Tanto el trabajo de campo como la memoria correspondiente a las practicas serán evaluadas por la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección, constituida en Tribunal, previa exposición oral por parte de los alumnos.

- La nota final se obtendrá de la media ponderada entre los ejercicios. Aunque para obtener la calificación de aprobado, el alumno deberá superar al menos un 40% de la puntuación máxima de cada ejercicio.

4. A estos efectos, la evaluación del curso será llevada a cabo por la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección que se constituirá en tribunal, contará con la participación de la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo, dependiente del Instituto de Salud Carlos III, con el objeto de asegurar un sistema formativo homogéneo y, cuya composición se hará pública, mediante Resolución de la Directora de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, durante el desarrollo del curso.

5. Los Trabajos de Campo podrán ser presentados de manera individual o en grupo hasta un máximo de tres personas y serán evaluados de forma preliminar por los miembros del Tribunal, previamente a la presentación oral de los mismos, utilizando el formulario estándar elaborado a tales efectos.

Posteriormente, el alumno deberá defender su trabajo públicamente, en un tiempo máximo de quince minutos, mediante la presentación oral ante la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección que se constituye en Tribunal de Evaluación, para lo que podrá utilizar diferentes medios para su presentación. Cuando el trabajo se haya hecho en grupo, el Tribunal podrá hacer preguntas sobre los trabajos para evaluar el nivel de conocimientos de los alumnos. El alumno responsable de la defensa del trabajo será elegido al azar por el Tribunal en el momento de realizar la presentación del mismo. Es imprescindible superar la evaluación del trabajo de campo.

El plazo de presentación del mismo será el que se establezca por la Comisión.

La Comisión de Evaluación, Seguimiento y Selección seleccionará los tres mejores trabajos de campo entre los presentados, para que opten a los premios que la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias convocará a tal efecto.

6. La Comisión de Seguimiento y Selección determinará el tipo de prueba objetiva que habrán de superar los aspirantes a la Diplomatura.

7. Durante el desarrollo del curso, se hará una evaluación de la calidad del mismo, de carácter obligatorio, en relación a las actividades docentes, materias y ponentes a través de encuestas anónimas, tanto por parte del alumnado como del profesorado.

8. Una vez finalizado el curso, los alumnos que superen las pruebas de evaluación, recibirán un diploma acreditativo, expedido por la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo válido en todo el territorio nacional.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de febrero de 2003.- La Directora, Sulbey González González.

A N E X O I

BAREMO DE MÉRITOS ACADÉMICOS Y PROFESIONALES.

1. Méritos académicos correspondientes a los estudios de Diplomado en Enfermería o Ayudante Técnico Sanitario o Enfermero o Practicante.

Calificación por curso (nota media):

- Sobresaliente con matrícula de honor, 2,00 puntos.

- Sobresaliente, 1,00 punto.

- Notable, 0,50 puntos.

Para la obtención de la nota media no se tendrán en cuenta las calificaciones obtenidas en las asignaturas de Religión, Moral Profesional, Deontología y Ética, Educación Física, Formación Política, Enseñanza de Hogar e Idiomas.

Estos méritos se acreditarán mediante certificación académica oficial o fotocopia debidamente legalizada o compulsada.

2. Cursos de Salud Laboral: se valorarán los desarrollados en la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo, Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Escuelas Profesionales de Medicina del Trabajo de la Universidad y de la Escuela Nacional de Sanidad y de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias (siempre que se refieran a temas de salud laboral), así, como aquéllos sobre el mismo tema realizados por organismos con competencias en salud laboral reconocidos oficialmente por cada Comunidad Autónoma.

Se valorarán las horas lectivas acreditadas por diploma o certificado (especificando la duración total del curso), con 0,2 puntos por cada 10 horas, hasta un máximo de 2 puntos.

3. Trabajos científicos en salud laboral: se valorarán los trabajos sobre este tema publicados en revistas científicas nacionales o extranjeras, así como comunicaciones sobre salud laboral aceptadas y presentadas en congresos. Para su valoración deberán presentarse separatas o fotocopias legalizadas o compulsadas de los trabajos publicados.

Se concederá una puntuación de 0 a 1 punto por trabajo publicado o presentado en congresos, a criterio de la Comisión de Selección hasta un máximo de 3 puntos.

4. Servicios prestados en Servicios Médicos de Empresa o en actividades de prevención en Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales con carácter interino, eventual o contratado, que se desempeñe en la fecha en que se publique la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias. Dichos servicios se acreditarán con certificación oficial de los organismos correspondientes o, en su caso, por la organización de los Servicios Médicos de Empresa, en la que consten de forma expresa los anteriores requisitos, o con la demostración de un vínculo laboral fehaciente (TC2, nómina oficial, etc.), cuya validez se determinará por la Comisión de Seguimiento y Selección.

Los aspirantes que pertenezcan al cuerpo de A.T.S.- Subinspector Visitador de la Seguridad Social, al Instituto Social de la Marina o equivalente del Servicio Canario de la Salud, habrán de encontrarse en activo en el desempeño de su plaza y realizando funciones relacionadas con la salud laboral, lo que se acreditará mediante la presentación de certificación expedida por la autoridad correspondiente.

Se valorará con 0,1 punto por mes trabajado, hasta un máximo de 4 puntos.

A N E X O I I

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y CONSUMO ESCUELA DE SERVICIOS SANITARIOS Y SOCIALES DE CANARIAS

D./Dña. ..........................................................................................., fecha de nacimiento .............................................., teléfono ..............................., natural de ........................................................., provincia de ..................................................................., con domicilio en ...................................................................., provincia de .........................................................................., calle ............................................................................................., piso .............., nº ..........., código postal ......................., en posesión del título de Diplomado en Enfermería, Enfermero o ATS.

EXPONE:

Que desea participar en el curso Diplomado en Enfermería de Empresa a celebrar en esta Escuela, por lo que acepta todas y cada una de las condiciones expresadas en las bases de la convocatoria del mismo, por lo que,

SOLICITA:

Se admita la presente solicitud y documentación adjunta a fin de tomar parte en el citado curso ............................... ...................................................................., a ................. de ............................................. de 2003.

Firma.

ILMA. SRA. DIRECTORA DE LA ESCUELA DE SERVICIOS SANITARIOS Y SOCIALES DE CANARIAS.

* En cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999, de 13 de diciembre, el arriba firmante autoriza a la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias a incluir sus datos personales en un fichero informático de la Entidad, para remitirle información de los cursos. Cuando usted desee podrá acceder a sus datos, bien solicitar su rectificación o cancelación, enviando una carta a esta Entidad.

A N E X O I I I

TEMARIO DEL CURSO

MÓDULO I. NORMATIVA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES EN SALUD LABORAL (48 horas).

1.- Objetivos y desarrollo del programa docente.

- Introducción a la Salud Laboral.

- Trascendencia socio-sanitaria y económica de la Prevención.

2.- Marco Legal de la Salud Laboral.

- Referencia a la Constitución Española a la Ley General de Sanidad.

- Política en materia preventiva. Derechos y obligaciones de los trabajadores.

3.- Reglamento de los Servicios de Prevención.

- Evaluación de Riesgos.

- Los Servicios de Prevención. Funciones del personal de los SP. Programas de formación.

4.- Funcionamiento de las Mutuas de AT y EP en prevención de riesgos laborales.

- Organismos y estructuras implicadas en Salud Laboral.

5.- Actividades sanitarias de los SP.

- Recursos sanitarios y humanos.

- Criterios del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

6.- Legislación Laboral.

- Disposiciones reguladoras de la norma laboral.

- La representación legal de los Trabajadores. Convenios Colectivos.

7.- Responsabilidades y Sanciones en Prevención de Riesgos Laborales.

- Actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

8.- El Sistema Español de la Seguridad Social.

- Ley General de la SS. Campo de aplicación. Régimen General y Régimenes Especiales. Acción protectora.

9.- Responsabilidades del personal sanitario en los Servicios de Prevención. Confidencialidad de los datos médicos.

10.- Vigilancia de la Salud de los Trabajadores.

11.- Papel de la Enfermería en los SP propios y ajenos.

MÓDULO II. LA SALUD PÚBLICA APLICADA AL MEDIO LABORAL. INTRODUCCIÓN A LA INVESTIGACIÓN. EPIDEMIOLOGÍA LABORAL Y ANÁLISIS ESTADÍSTICO APLICADO (60 horas).

1.- Introducción a la Metodología de la Investigación.

2.- Epidemiología:

- Conceptos y Aplicaciones. Modelos Causales. Criterio de caudalidad.

- Medidas de frecuencia de la enfermedad. Tipos de Estudios y Limitaciones. Recogida de la información.

- Medidas de efecto y asociación. Validez y precisión. Interpretación y comunicación de resultados.

3.- Estadística Aplicada con SPSS:

- Definición y conceptos previo.

- Creación de una Base de Datos en Access.

- Introducción al Programa Estadístico SPSS. Preparación de los Datos para el análisis.

- Estadística Descriptiva. Tipos de Variables. Funciones de Distribución. Representación Gráfica de los Datos. Medidas de Centralización y de Dispersión.

- Inferencia Estadística. Concepto y Utilización. Contrastes Paramétricos.

- Contrastes Paramétricos.

- Tratamiento de Variables Cualitativas. Tablas de Contingencia.

- Correlación.

4.- Demografía.

5.- Planificación Sanitaria. Conceptos. Tipos y Métodos.

6.- Atención Primaria de Salud. Organización, Funciones y Programas.

MÓDULO III. EL MEDIO LABORAL COMO FACTOR DE RIESGO (56 horas).

1.- Relación Trabajo y Salud.

- Definición de trabajo. Condiciones de trabajo y factor de riesgo laboral.

2.- Discusión del caso "El robot".

- Diferenciación entre causa y efecto. Identificación de factores de riesgo y medidas preventivas.

3.- Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en España. Propuesta para su control y reducción (Informe Durán).

4.- Concepto y definición de Seguridad Técnicas de seguridad.

5.- Protección individual y colectiva.

- Lugares y espacios de Trabajo.

- Manipulación y transporte.

6.- Electricidad.

- Contactos directos e indirectos. Incendios. Factores del fuego. Clasificación. Agentes extintores.

7.- Toxicología general.

- Agentes Químicos.

8.- Agentes Físicos: ruido, vibraciones, ambiente térmico, radiaciones.

9.- Agentes Biológicos.

10.- Evaluación de riesgos laborales.

11.- Ergonomía. Conceptos, tipos, objetivos.

12.- Ergonomía y Salud Laboral.

13.- Guías Técnicas.

MÓDULO IV. PATOLOGÍAS RELACIONADAS CON LA ACTIVIDAD LABORAL (50 horas).

1.- Accidentes de Trabajo.

- Conceptos y situaciones. Enfermedad Profesional. Concepto y listado.

2.- Incapacidad Temporal.

- Conceptos y normas generales de gestión de la prestación. Control de prestación. Programas especiales.

3.- Incapacidad Permanente.

- Concepto y grados. Tramitación y valoración. Entidades Colaboradoras en gestión de la Seguridad Social. Mutuas AT y EP y Empresas Colaboradoras.

4.- Riesgos laborales en el sector del Transporte y en el sector de limpieza.

5.- Patologías específicas del medio sanitario.

6.- Oncología Laboral.

7.- Riesgos Laborales en el sector de la Construcción. Riesgos Laborales del trabajo en el Mar.

8.- Patología Neumológica.

- Silicosis. Asbestosis y Cáncer respiratorio de origen laboral. Asma ocupacional. Alveolitis alérgica extrínseca.

9.- Patología auditiva laboral. Oftalmología laboral.

10.- Dermatosis profesionales.

11.- Patología osteomuscular de origen laboral.

MÓDULO V. METODOLOGÍA DE APOYO A LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN (36 horas).

1.- Promoción y Educación para la Salud.

- Concepto y evolución. Planificación de intervenciones. Comunicación profesional sanitario-paciente.

2.- Cambios en la conducta de los individuos.

- Utilización de modelos. Cambios en la organización.

3.- Intervención de la Enfermería en la Investigación de Accidentes de Trabajo. La Calidad en los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.

4.- La cultura del Riesgo desde el marco de la Prevención.

- Vacunaciones en el medio laboral, programa de vacunaciones en un Servicio de Prevención Propio.

5.- Actividades de Salud Laboral desde la Administración Sanitaria.

6.- Prevención postural y cinética.

- Rehabilitación y readaptación laboral.

7.- Prevención inespecífica en el medio laboral.

- Programas de un Servicio de Prevención Propio.

8.- Protocolos de actuación ante accidentes biológicos en el medio sanitario.

PRÁCTICAS (50 horas).

A realizar en Servicios de Prevención o en forma de un trabajo sobre un supuesto práctico.

© Gobierno de Canarias