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Con posterioridad a tal fecha, se ha interesado por el Ayuntamiento de Breña Baja la modificación de sus fiestas locales en el sentido de sustituir las festividades del 25 de julio, Santiago Apóstol y del 5 de agosto, Nuestra Señora de las Nieves, por las del 19 de marzo, festividad de San José y 13 de junio, festividad de San Antonio.
Considerando que tal propuesta se ajusta a derecho y sirve a los intereses que la citada Corporación representa, procede modificar la citada Orden de 15 de noviembre de 2002, en los términos requeridos.
En su virtud, en uso de la competencia establecida en el artículo 5.3.e) del Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Se modifica el artículo único de la Orden de 15 de noviembre de 2002, por la que se determinan las fiestas locales de cada municipio de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2003, en los siguientes términos:
- Municipio de Breña Baja.
Se declaran inhábil para el trabajo, retribuidos y no recuperables, con carácter de fiestas locales en el año 2003, los siguientes días:
- 19 de marzo, festividad de San José, y
- 13 de junio, festividad de San Antonio.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de febrero de 2003.
EL CONSEJERO DE EMPLEO
Y ASUNTOS SOCIALES,
Marcial Morales Martín.
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