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Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 12.6 del Decreto 85/2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo, y encontrándose afectas las fianzas de modo específico a las responsabilidades derivadas de la actividad del juego, al objeto de público conocimiento se informa que por la empresa de servicios Binmomasa, S.A., que gestionaba el Juego en las Salas de Bingo "Club Deportivo La Luz" y "Fútbol Club Guanarteme", se ha solicitado la devolución de la fianza depositada en la Tesorería Insular de Gran Canaria, mediante avales de la entidad Caja Insular de Ahorros de Canarias, para responder de las obligaciones económicas derivadas de la explotación del juego en las mencionadas salas, al haberse producido el cierre definitivo de la primera, y cambiado la gestión del juego de la segunda sala por la empresa de servicios Tejebin, S.A.
Transcurridos treinta días desde esta publicación, por la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica se dictará la correspondiente Orden para la devolución del aval en su caso.
Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de febrero de 2003.- El director general de administración territorial y gobernación, Juan González Martín.
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