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BOC Nº 033. Martes 18 de Febrero de 2003 - 748

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

748 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 28 de enero de 2003, del Director, relativo a notificación de Resolución de desistimiento de la solicitud de subvención de Arosin, S.L.L.- Expte. nº 02-38/00437.

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Habiendo sido intentada la notificación de la citada Resolución en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Arosin, S.L.L. de la Resolución nº 02-38/6252, de 25 de octubre de 2002, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Visto el expediente de referencia incoado a instancia de D. Cipriano Hernández Mesa y D. Jorge Hernández Mesa, en calidad de administradores y en representación de la entidad Arosin, S.L.L.

Antecedentes de hecho

Primero.- Que con fecha 2 de mayo de 2002, nº de registro 176.179, la entidad antes mencionada solicita subvención de las previstas en el programa "Desarrollo de la Economía Social", de la Orden de 29 de diciembre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones públicas con cargo al programa "Desarrollo de la Economía Social" (B.O.E. nº 12, del 14.1.99), modificada por las Ordenes de 24 de noviembre de 1999 (B.O.E. nº 287, del 1.12.99), de 4 de septiembre de 2000 (B.O.E. nº 221, de 14.9.00) y de 26 de noviembre de 2001 (B.O.E. nº 299, de 14.12.01), para inversiones en activos fijos, por importe de tres mil cinco euros con seis céntimos (3.005,06).

Segundo.- Que intentada la notificación de requerimiento de documentación a la entidad solicitante al objeto de subsanar la misma, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendría por desistido de su petición, a tenor de lo dispuesto en el artº. 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), sin poder llevarse a cabo, se practica la misma por medio de anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento, así como en el Boletín Oficial de Canarias (B.O.C. nº 128, de 27.9.02), conforme establece el artº. 59.4 del mismo cuerpo legal.

Tercero.- Que a la fecha del dictado de la presente Resolución, no ha sido cumplimentado dicho requerimiento.

Fundamentos jurídicos

Primero.- Que el Instituto Canario de Formación y Empleo es competente para conocer del presente expediente a tenor de lo establecido en el artº. 13 del Decreto 150/2001, de 23 de julio, por el que se modifican los Decretos de adaptación de los procedimientos de concesión de determinadas subvenciones por el ICFEM y se establecen normas procedimentales (B.O.C. nº 91, de 25.7.01), de la Orden de 29 de diciembre de 1.998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones públicas con cargo al programa "Desarrollo de la Economía Social" (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), modificada por las Ordenes de 24 de noviembre de 1999 (B.O.E. nº 287, de 1.12.99), de 4 de septiembre de 2000 (B.O.E. nº 221, de 14.9.00) y de 26 de noviembre de 2001 (B.O.E. nº 299, de 14.12.01).

Segundo.- Que de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 285, de 27.11.92 y B.O.E. nº 12, de 14.1.99), si la solicitud no estuviese debidamente cumplimentada o no se acompaña de la documentación exigida, se requerirá al interesado para que en el plazo improrrogable de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa Resolución en los términos previstos en el artº. 42 de la citada Ley.

Tercero.- Que en la tramitación de este expediente se han observado las prescripciones legales de aplicación, y en uso de las facultades que me atribuye el resuelvo primero.l) de la Resolución de 27 de julio de 2001, del Presidente, por la que se delega en el Director del ICFEM determinadas competencias (B.O.C. nº 101, de 6.8.01), de la Orden de 29 de diciembre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones públicas con cargo al programa "Desarrollo de la Economía Social" (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), modificada por las Ordenes de 24 de noviembre de 1999 (B.O.E. nº 287, del 1.12.99), de 4 de septiembre de 2000 (B.O.E. nº 221, de 14.9.00) y de 26 de noviembre de 2001 (B.O.E. nº 299, de 14.12.01),

R e s u e l v o:

Único.- Tener por desistidos de su solicitud a D. Cipriano Hernández Mesa y D. Jorge Hernández Mesa, en calidad de administradores y en representación de la entidad Arosin, S.L.L., por la que solicitaban subvención, de las previstas en el programa "Desarrollo de la Economía Social", de la Orden de 29 de diciembre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones públicas con cargo al programa "Desarrollo de la Economía Social" (B.O.E. nº 12, del 14.1.99), modificada por las Ordenes de 24 de noviembre de 1999 (B.O.E. nº 287, de 1.12.99), de 4 de septiembre de 2000 (B.O.E. nº 221, de 14.9.00) y de 26 de noviembre de 2001 (B.O.E. nº 299, de 14.12.01), para inversiones en activos fijos, por importe de tres mil cinco euros con seis céntimos (3.005,06), en base a los hechos y fundamentos jurídicos anteriormente expuestos, declarándose concluso el procedimiento, y en consecuencia, archivándose sin más trámite.

Notifíquese la presente Resolución al interesado, con la indicación de que, al poner fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, o bien potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo en el plazo de un mes, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estimara procedente interponer. El cómputo de los plazos anteriormente indicados, se iniciará a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto.- El Director del Instituto Canario de Formación y Empleo, Diego Miguel León Socorro."

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de enero de 2003.- El Director, p.d., el Jefe de Servicio de Promoción de la Economía Social (Resolución nº 2.957, de 29.9.99), Adolfo Faleh Pérez.

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