Gobierno de CanariasBOC
Página principalÚltimos boletinesArchivo boletines publicadosBúsquedas sencillasBúsquedas potentesDisposición en formato PDF Página anteriorSumarioPágina Siguiente
None
2003/023 - Martes 4 de Febrero de 2003

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Economía, Hacienda y Comercio

Regresar al sumario 200 Dirección General de Tributos.- Resolución de 14 de enero de 2003, por la que se corrige y complementa la Resolución de 2 de enero de 2003, que informa sobre el importe actualizado de las cuantías fijas de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2003.

Mediante Resolución de la Dirección General de Tributos de 2 de enero de 2003 (B.O.C. nš 7, de 13 de enero), se informaba sobre los importes actualizados de las cuantías fijas de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2003 como consecuencia del incremento en un 2 por 100 de los tipos impositivos de los mismos conforme al artículo 51.1 de la Ley 13/2002, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2003.

Se ha advertido que la Resolución citada no ha tenido en cuenta las modificaciones que respecto a diversas tasas se contienen en el artículo 1 de la Ley 2/2002, de 27 de marzo, de Establecimiento de Normas Tributarias y de Medidas en Materia de Organización Administrativa y de Gestión, relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de carácter sancionador.

En virtud de ello se dicta la siguiente Resolución:

Primero.- Se añaden las siguientes tasas a la Resolución de 2 de enero de 2003, por la que se informa sobre el importe actualizado de las cuantías fijas de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 51.1 de la Ley 13/2002, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2003:

- Tasa por la expedición del diploma de Mediador de Seguros Titulado.

Artículo 54 quinquies Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio

< Ver anexos - Página/s 1677 >
- Tasa en materia de enseñanza náutico-deportiva y de buceo deportivo.

Artículo 76 bis Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio

< Ver anexos - Página/s 1678 >

Segundo.- Se corrigen los siguientes importes de la Resolución de 2 de enero de 2003:

En la página 494 del Boletín Oficial de Canarias nš 7, de 13 de enero de 2003, los importes de la tasa por expedición de carnet de las profesiones marítimo-pesqueras y de la tasa para la autorización de apertura de centros de buceo profesional quedan como sigue:

< Ver anexos - Página/s 1678 >
@TABLA:

Tercero.- Se suprime la siguiente tarifa en la Resolución de 2 de enero de 2003:

En la página 496 del Boletín Oficial de Canarias nš 7, de 13 de enero de 2003, y en la tasa por compulsa de documentos, de formalización de expedientes y expedición de certificaciones por centros y servicios, en materia de educación, cultura y deportes, la tarifa 6. "Por derechos de formación de expedientes para la expedición del título profesional de especialización didáctica".

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de enero de 2003.- El Director General de Tributos, José María Vázquez González.

None
© GOBIERNO DE CANARIAS