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BOC Nº 016. Viernes 24 de Enero de 2003 - 141

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

141 - ORDEN de 8 de enero de 2003, por la que se delega en la Secretaria General Técnica, el ejercicio de la competencia consistente en autorizar la ampliación de créditos que amparen gastos de personal.

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El artículo 14.1.c) de la Ley 13/2002, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2003, atribuye, durante el ejercicio presupuestario del año 2003, a los titulares de los Departamentos, la competencia para autorizar la ampliación de los créditos que amparen gastos de personal, conforme a lo establecido en el artº. 36.2, apartados a), b), salvo que venga impuesto por resolución judicial firme, y d) de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y anexo I de la propia Ley 13/2002, apartados 1.a), 1.b), 1.c), 1.e) y 2.

Existiendo circunstancias de índole técnica que lo hacen conveniente, produciéndose mayor agilidad en la modificación de créditos.

En aplicación de lo dispuesto en los artículos 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en la Secretaria General Técnica el ejercicio de la competencia consistente en autorizar la ampliación de los créditos que amparen gastos de personal a que se refiere el artículo 14.1.c) de la Ley 13/2002, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2003.

Segundo.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- La presente Orden surtirá efectos durante el ejercicio presupuestario del año 2003.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de enero de 2003.

EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS,

VIVIENDA Y AGUAS,

Antonio Ángel Castro Cordobez.

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