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Mediante Resolución de 5 de noviembre de 2002, de esta Presidencia, se convocó la participación de Entidades y Centros Colaboradores del ICFEM, en la programación anual de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional correspondientes al año 2003 (B.O.C. nº 151, de 13.11.02).
La Comisión del Consejo de Administración del Instituto Canario de Formación y Empleo, en su sesión de fecha 23 de diciembre de 2002, aprobó la programación de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional correspondiente al año 2003.
Considerando que existen razones de interés público que aconsejan la publicación de la programación aprobada, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1º del artº. 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99),
R E S U E L V O:
1.- Publicar el contenido del Acuerdo adoptado por la Comisión del Consejo de Administración del Instituto Canario de Formación y Empleo, en su sesión de 23 de diciembre de 2002, por el que se aprueba la programación de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional correspondiente al año 2003, en lo que se refiere a Contratos-Programa y Cursos Individualizados, que figura en el anexo que acompaña a la presente resolución.
2.- En el anexo indicado en el resuelvo anterior, consta una relación de acciones de formación profesional ocupacional propuestas por las Entidades que han suscrito Contratos-Programa, así como las propuestas por Entidades solicitantes de cursos individualizados, en respuesta a la convocatoria realizada al efecto.
3.- La aprobación de la programación no llevará consigo la concesión automática de una subvención, que corresponderá al Director del ICFEM, como se establece en el apartado sexto de la Resolución de 5 de noviembre de 2002, si bien se habrá de cumplir con lo establecido en el apartado noveno de dicha Resolución.
Contra el acto administrativo publicado, al poner fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, según lo establecido en el artº. 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, igualmente contados desde la publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, según lo dispuesto en el artº. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de diciembre de 2002.- El Presidente, Marcial Morales Martín.
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