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BOC Nº 001. Miércoles 1 de Enero de 2003 - 23

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Tenerife

23 - ANUNCIO de 20 de noviembre de 2002, relativo a notificación del Decreto que resuelve el recurso de alzada planteado en expediente sancionador nº TF-44200-O-00 en materia de transportes.

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Providencia de 20 de noviembre de 2002, del Jefe de Servicio de Carreteras, Vivienda y Transportes del Decreto de la Presidencia de este Excmo. Cabildo Insular de Tenerife resolutorio de recurso de alzada planteado en expediente sancionador de transportes nº TF-44200-O-00.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, sobre notificación a interesado intentada y no practicada,

D I S P O N G O:

Notificar al recurrente que se cita el Decreto de la Presidencia de este Excmo. Cabildo Insular de Tenerife resolutorio del recurso de alzada planteado en el expediente sancionador de transportes nº TF-44200-O-00.

La cuantía de la sanción deberá ser ingresada en la cuenta corriente de CajaCanarias nº 2065 0000 01 1114005082, haciendo constar en el documento de ingreso el número de expediente sancionador y presentado copia justificativa del mismo en el Área de Transportes de esta Corporación, personalmente o por correo. Por ello dispondrá de un plazo, en el supuesto de recibir la notificación de la presente resolución entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive, hasta el día 5 del mes siguiente. Caso de recibirla entre los días 16 y último de cada mes, ambos inclusive, dispondrá hasta el día 20 del mes siguiente. Si vencidos los plazos de ingreso no se hubiere satisfecho la deuda, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio con el recargo correspondiente al 20% del débito.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día de la publicación del presente Decreto, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

La Presidencia de este Excmo. Cabildo Insular, con fecha 17 de septiembre de 2002, ha dictado, entre otros el siguiente Decreto:

"Visto escrito presentado por Dña. María Candelaria Fernández García, por el que se interpone recurso de alzada contra la resolución dictada por el Sr. Consejero Insular del Área de Carreteras, Vivienda y Transportes de fecha: 14 de febrero de 2002 recaída en el expediente de referencia, y,

Resultando: que con fecha y hora: 18 de noviembre de 2000, 10,30 por la Guardia Civil de Tráfico se formuló denuncia contra el vehículo matrícula: TF-8126-K, del que es titular: Dña. María Candelaria Fernández García por:

Circular transportando piezas de vehículos procedentes de desgüaces, careciendo de autorización administrativa desde El Sauzal hasta Los Realejos.

Resultando: que el día: 25 de enero de 2002 se notificó al interesado la citada denuncia y la incoación del expediente sancionador nº TF-44200-O-2000, mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias nº 2002/011.

Resultando: que por el expedientado no se presentó descargo alguno en defensa de sus intereses.

Resultando: que por el Consejero del Área de Carreteras, Vivienda y Transportes se dictó resolución, que ahora se impugna, de fecha: 14 de febrero de 2002 que venía a sancionar a: Dña. María Candelaria Fernández García con multa que ascendía a: 300,51 euros, por infracción de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre, Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, artículos 90 y 140.a), en relación con el artº. 141.o) Ley 16/1987, de 30.7, artículos 41 y 197.a), en relación con el artº. 198.p) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 (B.O.E. de 8.10.90) y en base al artículo 143 de la Ley 16/1987 y artículo 201 Real Decreto 1.211/1990.

Notificándose dicha Resolución en fecha: 22 de febrero de 2002.

Resultando: que con fecha: 26 de marzo de 2002, Dña. María Candelaria Fernández García interpuso recurso de alzada, en súplica de que se deje sin efecto la Resolución y sanción impuesta.

Considerando: que el recurso ha sido presentado fuera del plazo legalmente previsto en el artículo 115 Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que establece el plazo de un mes. Ya que notificada la resolución dictada por el Sr. Consejero Insular del Área de Carreteras, Vivienda y Transportes en fecha: 22 de febrero de 2002, según consta en acuse de recibo firmado, el recurso de alzada ha sido interpuesto en fecha: 26 de marzo de 2002, transcurriendo en exceso el plazo otorgado: deviniendo, en consecuencia firme e inimpugnable la resolución recurrida.

Por la presente, vistos los preceptos citados, concordantes y demás de general y pertinente aplicación, en base a lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Reglamento Orgánico de esta Corporación Insular, vengo en inadmitir el recurso de alzada interpuesto por: Dña. María Candelaria Fernández García confirmando la Resolución del Consejero Insular del Área de Carreteras, Vivienda y Transportes, de fecha: 14 de febrero de 2002, que determinó la imposición de una sanción de: trescientos euros y cincuenta y un céntimos (300,51 euros)/(50.000 pesetas), manteniéndose, en consecuencia, en todos sus pronunciamientos.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo."

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de noviembre de 2002.- El Jefe de Servicios de Transportes, Pedro Luis Campos Albarrán.

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