Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 162. Viernes 6 de Diciembre de 2002 - 1759

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

1759 - ORDEN de 30 de septiembre de 2002, por la que se otorgan ayudas al establecimiento correspondientes al año 2002.

Descargar en formato pdf

Visto el Reglamento (CE) 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se estableció un régimen comunitario de ayudas al desarrollo rural a cargo del FEOGA, persiguiendo entre sus finalidades el alcanzar una restauración forestal que derive en la implantación de masas forestales adecuadas a los ecosistemas canarios, contribuir a la corrección de los graves problemas de erosión que afectan a numerosos puntos de la geografía de las islas, favorecer el desarrollo de ecosistemas forestales y conservar el valor biológico y económico del patrimonio forestal.

Atendido que el Plan Forestal de Canarias aprobado en Consejo de Gobierno con fecha 25 de mayo de 1999, presenta como objetivo fundamental mejorar el estado de la cubierta vegetal del Archipiélago, con los distintos criterios que en cada caso se establezcan según la función de la masa forestal concreta, y en la medida de lo posible compatibilizar una triple función en ellas: la ecológica, la económica y la social.

Visto el Real Decreto 6/2001, de 12 de enero, sobre fomento de la forestación de tierras agrícolas (B.O.E. nº 12, de 13.1.01).

Vista la Orden de este Departamento de 13 de septiembre de 2001, donde se determinan las bases reguladoras y el procedimiento para la concesión de ayudas al establecimiento correspondientes al año 2001 (B.O.C. nº 124, de 21.9.01), con cargo a la aplicación presupuestaria: 02.12.04.442E.770.21, Proyecto de Inversión 99.7129.01 "Programa de Forestación de Tierras Agrarias", las ayudas podrán ser otorgadas a personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, titulares de derechos reales de propiedad, posesión o usufructo sobre las tierras agrícolas susceptibles de forestación en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Visto que en el apartado 2.3 de la base sexta de dicha Orden Departamental se contempla la posibilidad de que el solicitante no sea el propietario del terreno objeto de ayuda, en cuyo caso la petición se hará por el cesionario o titular del acuerdo, debiéndose presentar en este caso documento acreditativo de la conformidad del propietario, acompañándose fotocopia compulsada del D.N.I.-N.I.F. del propietario o de su representante legal a tal efecto.

Vista la Orden de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente de 13 de mayo de 2002, por la que se convocan ayudas al establecimiento correspondientes a la forestación de tierras agrícolas para el año 2002, y de mantenimiento para las reforestaciones efectuadas en el ejercicio de 2001.

Visto el Informe elevado por el Jefe de Servicio de Impacto y Restauración Ambiental, con el visto bueno de la Viceconsejera de Medio Ambiente, en el que se realiza una propuesta de beneficiarios de estas ayudas.

Visto el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, teniendo en cuenta la Memoria-Propuesta de la Viceconsejería de Medio Ambiente, en su virtud

D I S P O N G O:

Primero.- Otorgar ayudas a los siguientes beneficiarios y con los siguientes destinos, autorizándose el gasto con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: 02.12.04.442E.770.21, Proyecto de Inversión 99.7129.01 "Programa de Forestación de Tierras Agrarias".

Nº 1.

Beneficiario: José María Prunés Ramírez.

Actuación: Repoblación forestal de 1 Ha en la finca "El Cañón".

Localización: Santa María de Guía. Gran Canaria.

Cantidad total concedida: 1.698,61 euros.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 594,51 euros.

Desglose de cantidades:

TOTAL: 1.698,61 euros.

FEOGA (65%): 1.104,10 euros.

MAPA (17,5%): 297,26 euros.

CC.AA. (17,5%): 297,26 euros.

Nº 2.

Beneficiario: Ayuntamiento de Artenara.

Actuación: Actuaciones de repoblación forestal de 4,12 Ha. En la finca situada en la Vega de las Cruces y Barreto.

Localización: Artenara. Gran Canaria.

Cantidad total concedida: 11.241,93 euros.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 3.934,67 euros.

Desglose de cantidades:

TOTAL: 11.241,93 euros.

FEOGA (65%): 7.307,26 euros.

MAPA (17,5%): 1.967,34 euros.

CC.AA. (17,5%): 1.967,34 euros.

Observaciones: en la Zona 1 se plantará el 50% de pino canario y 50% de cedro.

En la Zona 3 se plantará el 50% de pino canario y 50% de leguminosas.

En la Zona 4 se plantará el 50% de pino canario y 50% de leguminosas.

Nº 3.

Beneficiario: Marcos Toste Díaz, Rosendo Toste Díaz, Agustín Toste Díaz, María del Pilar Suárez Febles y Celedonio Toste Díaz.

Actuación: Repoblación forestal de 0,84 Ha en la finca "Hermanos Toste"-La Azadilla.

Localización: Los Realejos. Tenerife.

Cantidad total concedida: 2.287,56 euros.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 800,64 euros.

Desglose de cantidades:

TOTAL: 2.287,56 euros.

FEOGA (65%): 1.486,91 euros.

MAPA (17,5%): 400,32 euros.

CC.AA. (17,5%): 400,32 euros.

Nº 4.

Beneficiario: Ildefonso Hernández Torres.

Actuación: Repoblación forestal de 6,2 Ha en la finca Alto de los Cardos y los Guaniles.

Localización: Agüimes. Gran Canaria.

Cantidad total concedida: 10.121,04 euros.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 3.542,36 euros.

Desglose de cantidades:

TOTAL: 10.121,04 euros.

FEOGA (65%): 6.578,68 euros.

MAPA (17,5%): 1.771,18 euros.

CC.AA. (17,5%): 1.771,18 euros.

Nº 5.

Beneficiario: Ildefonso Luis Hernández Ramos.

Actuación: Repoblación forestal de 2,2 Ha en la finca "Los Guaniles", "Paraje de Caaadas".

Localización: Agüimes. Gran Canaria.

Cantidad total concedida: 3.646,94 euros.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 1.276,42 euros.

Desglose de cantidades:

TOTAL: 3.646,94 euros.

FEOGA (65%): 2.370,51 euros.

MAPA (17,5%): 638,21 euros.

CC.AA. (17,5%): 638,21 euros.

Nº 6.

Beneficiario: Argelia Fernández Lercaro.

Actuación: Repoblación forestal de 3 Ha en la finca "El Palmeral".

Localización: La Laguna. Tenerife.

Cantidad total concedida: 3.966,68 euros.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 1.388,34 euros.

Desglose de cantidades:

TOTAL: 3.966,68 euros.

FEOGA (65%): 2.578,34 euros.

MAPA (17,5%): 694,17 euros.

CC.AA. (17,5%): 694,17 euros.

Nº 7.

Beneficiario: Luis María Ponce Ponce.

Actuación: Repoblación forestal de 1,5 Ha en la finca "Barreto".

Localización: Firgas. Gran Canaria.

Cantidad total concedida: 3.380,69 euros.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 1.183,24 euros.

Desglose de cantidades:

TOTAL: 3.380,69 euros.

FEOGA (65%): 2.197,45 euros.

MAPA (17,5%): 591,62 euros.

CC.AA. (17,5%): 591,62 euros.

Nº 8.

Beneficiario: Juliano Bonny Gómez, S.A.

Actuación: Repoblación forestal de 3 Ha en la finca situada en el "Lomo de los Caballeros".

Localización: Telde. Gran Canaria.

Cantidad total concedida: 6.508,96 euros.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 2.278,14 euros.

Desglose de cantidades:

TOTAL: 6.508,96 euros.

FEOGA (65%): 4.230,82 euros.

MAPA (17,5%): 1.139,07 euros.

CC.AA. (17,5%): 1.139,07 euros.

Observaciones: se plantarán las 3 ha de termófilo pluriespecífico a 760 pies/ha.

Nº 9.

Beneficiario: Antonio Quintana Mejías.

Actuación: Repoblación de 1,75 Ha en varias fincas situadas en Timigada.

Localización: Tejeda. Gran Canaria.

Cantidad total concedida: 1.364,22 euros.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 477,48 euros.

Desglose de cantidades:

TOTAL: 1.364,22 euros.

FEOGA (65%): 886,74 euros.

MAPA (17,5%): 238,74 euros.

CC.AA. (17,5%): 238,74 euros.

Nº 10.

Beneficiario: Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana.

Actuación: Repoblación forestal de 1,42 Ha en la finca situada en el "Mirador de Guriete".

Localización: Santa Lucía de Tirajana. Gran Canaria.

Cantidad total concedida: 1.346,96 euros.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 471,44 euros.

Desglose de cantidades:

TOTAL: 1.346,96 euros.

FEOGA (65%): 875,52 euros.

MAPA (17,5%): 235,72 euros.

CC.AA. (17,5%): 235,72 euros.

Observaciones: se plantarán las 0,62 ha de termófilo pluriespecífico a 761 pies/ha.

Nº 11.

Beneficiario: Cía. Canaria de Productos Agropecuarios, S.A.

Actuación: Repoblación forestal de 9 Ha.

Localización: Puerto del Rosario. Fuerteventura.

Cantidad total concedida: 10.930,91 euros.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 3.825,82 euros.

Desglose de cantidades:

TOTAL: 10.930,91 euros.

FEOGA (65%): 7.105,09 euros.

MAPA (17,5%): 1.912,91 euros.

CC.AA. (17,5%): 1.912,91 euros.

Nº 12.

Beneficiario: Iber Pak, S.A.

Actuación: Forestación de 10 Ha de pino canario en la finca "El Julán".

Localización: Frontera, El Hierro.

Cantidad total concedida: 24.040 euros.

Cantidad total gestionada por CC.AA. (17,5% CC.AA. + 17,5% MAPA): 8.414 euros.

Desglose de cantidades:

TOTAL: 24.040 euros.

MAPA (17,5%): 15.626,00 euros.

FEOGA (65%): 4.207,00 euros.

CC.AA. (17,5%): 4.207,00 euros.

El importe total de las ayudas asciende a la cantidad de 80.534,50 euros, correspondiendo como parte cofinanciada a la Comunidad Autónoma de Canarias el 17,5%, equivalente a 14.079,54 euros, idéntica cantidad a la aportada por el MAPA (14.093,54 euros).

Asimismo, se desestiman las solicitudes que se relacionan a continuación ante la falta de cumplimentación de los requisitos señalados en la base sexta de la Orden de este Departamento de 13 de septiembre de 2001, donde se determinan las bases reguladoras y el procedimiento para la concesión de ayudas al establecimiento correspondientes al año 2001 (B.O.C. nº 124, de 21.9.01):

1.- Dña. Miriam Díaz-Flores Ramos. No presentación de los siguientes documentos: Memoria técnica, copia de alta a terceros, documento acreditativo de conformidad del propietario, certificación catastral, declaración que acredite la situación de precariedad, C.I.F. compulsado del titular, N.I.F. del representante legal, C.I.F. compulsado de la entidad representante y N.I.F. de su representante legal.

2.- Heredades de Las Palmas y Dragonal, Bucio y Briviesca: no presentación de los siguientes documentos: Memoria técnica, escrituras de constitución de la sociedad solicitante, documento acreditativo de la titularidad de los terrenos, certificación catastral, declaración que acredite la situación de precariedad, C.I.F. compulsado del titular y N.I.F. del representante legal y alta a terceros.

3.- Melenara 2000, S.L. No presentación de los siguientes documentos: Memoria técnica, escrituras de constitución de la sociedad solicitante, documento acreditativo de la titularidad de los terrenos, certificación catastral, declaración que acredite la situación de precariedad, C.I.F. compulsado del titular y N.I.F. del representante legal.

4.- D. Benjamín González Araña: insuficiente acreditación de la titularidad de la propiedad a efectos de solicitar la subvención.

5.- D. Enrique González Araña: insuficiente acreditación de la titularidad de la propiedad a efectos de solicitar la subvención.

Además, se desestima las solicitud de ayuda de mantenimiento de D. Francisco José Sosa Saavedra de acuerdo con la base séptima, apartado Destinatarios, del anexo I de la Orden de este Departamento de 13 de septiembre de 2001, por la que se hacen públicas las bases que han de regir las convocatorias para la concesión de ayudas al establecimiento, mantenimiento y compensatorias para la forestación de tierras agrícolas (B.O.C. nº 124, de 21.9.01):, pues aún habiendo sido beneficiario de ayuda al establecimiento en el pasado ejercicio 2001, no ha obtenido de manera efectiva el importe aprobado en concepto de ayuda.

Segundo.- Estas ayudas se conceden de acuerdo con las siguientes condiciones:

1. CUANTÍAS: las señaladas en el apartado Primero anterior para cada una de las personas físicas o jurídicas y entidades beneficiarias.

2. DESTINO: los señalados en el apartado Primero anterior para cada una de las personas físicas y jurídicas de derecho público o privado titulares de derechos reales de propiedad, posesión o usufructo sobre las tierras agrícolas susceptibles de forestación en la Comunidad Autónoma de Canarias.

3. APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 02.12.04.442E.770.21, Proyecto de Inversión 99.7129.01 "Programa de Forestación de Tierras Agrarias".

4. PLAZO PARA REALIZAR LA ACTIVIDAD: las actuaciones objeto de ayuda dispondrán de plazo para su realización hasta el 20 de noviembre del año 2002, pudiéndose conceder prórrogas a solicitud del interesado por un período distinto si las circunstancias así lo demandasen, siempre que se solicite con anterioridad a dicha fecha. Estas estarán sujetas a la existencia de crédito presupuestario, y siempre que el técnico de la Viceconsejería acredite la imposibilidad técnica o material de poder finalizar la ejecución de la obra en dicho plazo.

5. FORMA Y REQUISITOS DE ABONO: con carácter general, las ayudas se abonarán a los beneficiarios previa aportación de las certificaciones totales o parciales suscritas por el beneficiario, el ejecutor material de los trabajos, en su caso, y el Técnico Facultativo de la Viceconsejería de Medio Ambiente.

6. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS: los beneficiarios de las ayudas estarán sujetos a las siguientes obligaciones:

a) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la ayuda.

b) Comunicar al órgano concedente el importe de las ayudas y subvenciones concedidas con posterioridad para atender a la misma situación, estado o hecho por cualquier Administración o Ente público, así como las ayudas o auxilios económicos recibidos de entidades privadas o particulares con el mismo destino.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con las ayudas concedidas, se practiquen por el órgano concedente, el Organismo Pagador, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas de Canarias o el Tribunal de Cuentas, así como facilitar toda la información que les sea requerida por los mismos o, en su caso, por la entidad colaboradora.

d) Llevar los registros contables a que vengan obligados de modo que permitan identificar de forma diferenciada las partidas o gastos concretos en que se han materializado las ayudas concedidas, así como los demás ingresos propios o afectos a la situación, estado o hecho a que se destinan las ayudas concedidas, incluyendo las ayudas o cualquier otro tipo de atribuciones patrimoniales gratuitas, públicas o privadas, que hayan recibido, y que por diferencia permitan obtener un estado de rendición de cuentas de las cantidades o fondos públicos percibidos en concepto de ayuda.

7. ACEPTACIÓN: para que esta resolución sea efectiva es necesaria la aceptación de la misma por parte del beneficiario, la cual deberá ser otorgada dentro del plazo de los 30 días siguientes a su notificación. En caso de que no se otorgue dentro del referido plazo quedará sin efecto la ayuda concedida.

8. VARIACIONES: toda alteración de las circunstancias y de los requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para el otorgamiento de las presentes ayudas y, en todo caso, la obtención por el beneficiario de ayudas o subvenciones concedidas por otros órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, otras Administraciones o Entes Públicos, darán lugar a la modificación de la presente Orden de concesión, sin que en ningún caso implique modificación de la finalidad de la ayuda.

9. PUBLICACIÓN: publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

En todo lo no previsto en las cláusulas anteriores regirá con carácter general lo dispuesto en el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado parcialmente por el Decreto 103/2000, de 12 de junio, y como supletorios los artículos 81 y 82 de la Ley General Presupuestaria, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1.091/1988, de 23 de septiembre, así como en la Orden de este Departamento de 13 de septiembre de 2001.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, pudiendo potestativamente interponer recurso de reposición en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de septiembre de 2002.

EL CONSEJERO DE POLÍTICA

TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE,

Fernando José González Santana.

© Gobierno de Canarias