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BOC Nº 154. Miércoles 20 de Noviembre de 2002 - 1659

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

1659 - Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 8 de noviembre de 2002, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden de 14 de noviembre de 2000, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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De conformidad con lo establecido en los artículos 454, 455 y 494.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como con el artículo 23 del Reglamento Orgánico de los cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero.

Esta Dirección General ha resuelto adjudicar destinos en los órganos judiciales que se relacionan en anexo a los funcionarios del cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia nombrados por Resolución de 8 de noviembre de 2002.

Primero.- Los Agentes de la Administración de Justicia a los que se otorga destino deberán tomar posesión de su cargo dentro de los veinte días naturales siguientes al de la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Segundo.- Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.

Tercero.- En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública (Ley 53/1974, de 2 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia, en virtud del artº. 489 de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio; artículo único de la Ley Orgánica 1/1985, de 18 de enero y artículos 79 y concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero), aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios públicos deberán manifestar opción en el acta de toma de posesión.

Cuarto.- Los Agentes de la Administración de Justicia a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias (artículo 23 del Reglamento Orgánico) no podrán participar en concurso de traslado hasta que transcurra un año desde que fueron destinados, de acuerdo con lo establecido en el artº. 495.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Quinto.- Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 2 de agosto de 2002 (B.O.E del día 23) y Resolución de 23 de septiembre, que rectificaba la anterior, no adjudicadas en dicha Resolución, mantienen su condición de desiertas, por lo que se ofertarán a los aspirantes que superen las pruebas selectivas convocadas mediante Orden de 19 de julio de 2001.

Contra la presente Resolución, podrán los interesados formular recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de los dos meses siguientes, contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de noviembre de 2002.- El Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Salvador Iglesias Machado.

Ver anexos - páginas 18762-18763

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