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BOC Nº 147. Lunes 4 de Noviembre de 2002 - 3563

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de Teguise (Lanzarote)

3563 - ANUNCIO de 19 de septiembre de 2002, relativo a la aprobación definitiva de la modificación puntual de cambio de uso de la parcela 202 del Plan Especial de Ordenación La Maleza de Tahíche, Cortijo del Majo y Llanos del Charco (Costa Sur de Teguise).

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De conformidad y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, se hace público que el Ayuntamiento de Teguise pleno, en sesión de fecha 2 de agosto de 2002, acordó aprobar definitivamente el proyecto de desarrollo de planeamiento denominado "Modificación puntual de cambio de uso de la parcela 202, del Plan Especial de Ordenación de la Maleza de Tahíche, Cortijo del Majo y Llanos del Charo (Costa Sur de Teguise)", promovido por Maxlan, S.A.

Contra dicha Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se podrá interponer con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, o directamente formular recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas o, en su caso, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses computados desde la fecha de notificación de la Resolución. Para el supuesto de interposición de recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta. El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de tres meses a partir del día en que se produzca el acto presunto. Transcurridos dichos plazos, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el orden Jurisdiccional Contencioso anteriormente mencionado, sin perjuicio, en su caso, de interponer cualquier otro recurso que se estime asista en derecho.

Teguise, a 19 de septiembre de 2002.- El Alcalde Presidente, Juan Pedro Hernández Rodríguez.

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