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BOC Nº 127. Miércoles 25 de Septiembre de 2002 - 1400

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

1400 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 5 de septiembre de 2002, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 19 de julio de 2002, que corrige error material del Acuerdo de 29 de mayo de 2002, relativa a la aprobación del Plan General de La Laguna (Tenerife) que afecta a los barrios de Vistabella, Ofra, La Candelaria y Salud Alto.

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En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión de fecha 19 de julio de 2002, por el que se corrige el error material del Acuerdo de la sesión celebrada el 29 de mayo de 2002, relativa a la aprobación del Plan General de La Laguna que afecta a los barrios de Vistabella, Ofra, La Candelaria y Salud Alto (expediente nº 21/02) cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de septiembre de 2002.- El Director General de Ordenación del Territorio, p.s., la Secretaria General Técnica (Orden nº 330, de 23.8.02), Pilar Herrera Rodríguez.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 19 de julio de 2002, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Corregir el error material, al amparo de lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, padecido en el acuerdo de esta Comisión, adoptado en sesión celebrada el 29 de mayo de 2002, relativa a la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana de La Laguna, que afecta a los barrios de Vistabella, Ofra, La Candelaria y Salud Alto, que resultó publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 95, del viernes 12 de julio de 2002, que queda modificado en el siguiente sentido:

Donde dice "garantizándose una banda de espacios libres de 6 metros de ancho", debe decir "garantizándose una banda de espacios libres o sistema viario igual o mayor de 6 metros de ancho".

Segundo.- El presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Ayuntamiento de La Laguna y al Cabildo Insular de Tenerife.

Contra el presente acuerdo cabe recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias a interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, p.o., la Jefa de Servicio Jurídico de Ordenación Territorial Oriental, María del Pino Juan López-Tomasety.

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