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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (B.O.E. nº 101, de 28.4.77), y en el artº. 4 de la Ley Orgánica 11/1985, y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (B.O.C. nº 159, de 15.12.95), se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la constitución de la asociación sindical que se detalla:
DENOMINACIÓN: Asociación Profesional de Funcionarios Veterinarios y Farmacéuticos que ocupan plazas de sanitarios locales transferidas a la Comunidad Autónoma Canaria.
ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.
DOMICILIO: Avenida Benito Pérez Armas, 4, local 18, 38007-Santa Cruz de Tenerife.
ÁMBITO FUNCIONAL: podrán ser miembros de la asociación los funcionarios veterinarios y farmacéuticos, propietarios e interinos, que desarrollan su trabajo en plazas de Funcionarios Técnicos del Estado al servicio de la sanidad local transferidas a la Comunidad Autónoma de Canarias.
FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN: D. Miguel Ángel Morales Bello, Dña. Monserrat María del Carmen Espino Mesa, Dña. Cristina Dávila de León y D. David de la Fuente Ferrán.
Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días, a partir de su publicación.
Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de junio de 2002.- El Director General de Trabajo, Antonio Lorenzo Tejera.
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