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BOC Nº 109. Miércoles 14 de Agosto de 2002 - 2629

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2629 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 31 de mayo de 2002, del Director, relativo a notificación de la Resolución de 28 de febrero de 2002, por la que se deja sin efecto la Resolución de 20 de noviembre de 1998, que concedió subvención a Dña. Alba María Pérez Sánchez.- Expte. nº 10.473/98 Programa E.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de la Resolución citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Dña. Alba María Pérez Sánchez de la Resolución del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), por delegación del Presidente, por la que se deja sin efecto la Resolución de concesión nº 1.795, de fecha 20 de noviembre de 1998, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Visto el expediente referenciado, incoado a instancia de Dña. Alba María Pérez Sánchez, y teniendo en cuenta que:

Antecedentes de hecho

Primero.- Alba María Pérez Sánchez, con D.N.I. nº 42176806G, mediante escrito presentado en el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, el 24 de septiembre de 1998, con el nº 9.182, el cual tuvo entrada en estas dependencias el día 1 de octubre de 1998, con número de registro 10.473, solicitó una subvención de las previstas en el "Programa E. Fomento del autoempleo", regulado en la Resolución del Presidente del ICFEM, de 20 de agosto de 1998, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98).

Segundo.- Mediante Resolución del Director del ICFEM nº 1.795, de fecha 20 de noviembre de 1998, dictada por delegación del Presidente del ICFEM, se concedió a Alba María Pérez Sánchez una subvención de quinientas mil (500.000) pesetas, para constituirse como trabajador autónomo, al amparo del "Programa E", de la Resolución de 20 de agosto de 1998, del Presidente, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98), Resolución que fue notificada al peticionario a fecha 8 de febrero de 1999.

Tercero.- En la citada Resolución de concesión, en el resuelvo segundo, se recoge que "la forma de abono de la subvención será la siguiente:

Tras la presentación en el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente Resolución de concesión, además del escrito de aceptación de la misma, la siguiente documentación:

a) Certificado expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en el que conste que el interesado se encuentra de alta y al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social, si el trabajador hubiese causado alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con anterioridad a la concesión de la subvención.

b) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.

c) Alta en la Seguridad Social.

d) Certificado de los períodos de inscripción expedido por el Inem, acreditativo de que se encuentra de alta como demandante de empleo en el momento de alta como trabajador autónomo, en aquellos casos en que el beneficiario se halla constituido como tal, con posterioridad a la presentación de la solicitud".

Cuarto.- En el resuelvo tercero de la citada Resolución de concesión, se establece: "Quedará sin efecto la subvención concedida, en el supuesto de que el beneficiario no aportara en el plazo de treinta días antes aludido, la documentación especificada en el apartado anterior, o, de que de la documentación presentada, se desprendiera el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la normativa para ser beneficiario de la subvención". Al día de la fecha, no se ha presentado el escrito aceptando la subvención, ni la documentación anteriormente citada.

FundamentoS JurídicoS

Primero.- A tenor de lo establecido en la base 5ª.1 de la Resolución de 20 de agosto de 1998, del Presidente, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y mantenimiento del empleo y la economía social, en concordancia con el artº. 3 de la Ley 7/1992, de 25 de noviembre, de creación de este Organismo Autónomo, corresponde al Instituto Canario de Formación y Empleo la tramitación del presente expediente.

Segundo.- A tenor de lo establecido en la base 5ª.2 de la Resolución anteriormente mencionada, en concordancia con el artº. 2 del Decreto 3/1998, de 9 de enero, por el que se establece el régimen específico de las subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social y para las acciones de formación profesional ocupacional, de la competencia de este Organismo Autónomo, corresponde al Director del Instituto Canario de Formación y Empleo la resolución del presente expediente.

Tercero.- Procede dejar sin efecto la Resolución de concesión del Director del ICFEM nº 1.795, de fecha 20 de noviembre de 1998, dictada por delegación del Presidente del ICFEM, notificada al interesado el 8 de febrero de 1999, por la que se concedió a Alba María Pérez Sánchez, una subvención de quinientas mil (500.000) pesetas, para constituirse como trabajador autónomo, al amparo del "Programa E", de la Resolución de 20 de agosto de 1998, del Presidente, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98), toda vez que, al día de la fecha el peticionario no ha presentado escrito aceptando la subvención, ni la documentación requerida, tal como establece el resuelvo segundo de la citada Resolución nº 1.795, de fecha 20 de noviembre de 1998, del Director del ICFEM.

Por cuanto antecede, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

R e s u e l v O:

Primero.- Procede dejar sin efecto la Resolución de concesión del Director del ICFEM nº 1.795, de fecha 20 de noviembre de 1998, dictada por delegación del Presidente del ICFEM, por la que se concedió a Alba María Pérez Sánchez una subvención de quinientas mil (500.000) pesetas, para constituirse como trabajador autónomo, al amparo del "Programa E", de la Resolución de 20 de agosto de 1998, del Presidente, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98), por los motivos expuestos en el fundamento jurídico tercero de la presente Resolución.

Segundo.- Notificar al interesado la presente Resolución, con la indicación de que, contra ésta, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM) en el plazo de un mes, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera formularse. El cómputo de los plazos indicados anteriormente, se iniciará a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto."

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de mayo de 2002.- El Director, p.d., la Subdirectora de Empleo (Resolución nº 2.957, de 29.9.99), María Teresa Covisa Rubia.

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