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2002/109 - Miércoles 14 de Agosto de 2002

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

Regresar al sumario 2624 Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 31 de mayo de 2002, del Director, relativo a notificación de la Resolución de 1 de marzo de 2002, por la que se deja sin efecto la Resolución de 30 de septiembre de 1999, que concedió subvención a Comunidad de Propietarios Edificio Caletillas Beach Candelaria.- Expte. nē 7.615/96 anexo IV.

Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de la Resolución citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artē. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Comunidad de Propietarios Edificio Caletillas Beach Candelaria de la Resolución del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), por la que se deja sin efecto la Resolución de concesión nē 2.978, de fecha 30 de septiembre de 1999, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Visto el expediente de referencia, con relación a la subvención por la conversión de un puesto de trabajo temporal en indefinido, concedida a Comunidad de Propietarios Edificio Caletillas Beach Candelaria, mediante Resolución del Ilmo. Sr. Director del Instituto Canario de Formación y Empleo nē 2.978, de 30 de septiembre de 1999, de las previstas en el Capítulo I, Sección 3Ē, "Subvenciones a la conversión de puestos de trabajo temporales en indefinidos", del Título I (Programa de fomento a la creación de puestos de trabajo estable en las empresas radicadas en Canarias), del Decreto 69/1996, de 18 de abril, por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nē 55, de 6.5.96).

Antecedentes de hecho

Primero.- D. Juan José Expósito Delgado, en representación de Comunidad de Propietarios Edificio Caletillas Beach Candelaria, único interesado en el expediente, presentó solicitud ante el ICFEM, de fecha 8 de julio de 1996, registro de entrada nē 7.615, mediante la que interesaba le fuese concedida una subvención por la conversión de un puesto de trabajo temporal en indefinido, de las previstas en el Capítulo I, Sección 3Ē, "Subvenciones a la conversión de puestos de trabajo temporales en indefinidos", del Título I (Programa de fomento a la creación de puestos de trabajo estable en las empresas radicadas en Canarias), del Decreto 69/1996, de 18 de abril, por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nē 55, de 6.5.96).

Segundo.- Mediante Resolución del Ilmo. Sr. Director del ICFEM nē 2.978, de fecha 30 de septiembre de 1999, le fue concedida a Comunidad de Propietarios Edificio Caletillas Beach Candelaria, una subvención por la conversión de un puesto de trabajo temporal en indefinido por importe de setecientas setenta y nueve mil cuarenta (779.040) pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.01.322C.I.470.21, denominada "Ayudas al empleo para contratación de mayores y jóvenes (F.S.E.)".

Tercero.- La Resolución de concesión de la subvención referida establece, en el punto cuarto de la parte resolutiva, que su efectividad viene condicionada a la presentación del escrito de aceptando de la subvención concedida. Y documento firmado por las partes acreditativo de que la relación laboral de carácter temporal se convierte en indefinida, continua y a jornada completa o parcial según proceda, en el supuesto de que la misma no se hubiera aportado. Asimismo, el punto quinto de la parte resolutiva dispone que si el beneficiario no la aporta dentro del plazo establecido, perderá el derecho a la subvención concedida.

Cuarto.- La Resolución de concesión, fue notificada a la entidad beneficiaria, con fecha 13 de octubre de 1999, por lo que el plazo de presentación de la documentación, para el abono de la subvención, finalizaba el 30 de octubre de 1999 y el escrito de aceptación tuvo entrada en este Organismo el día 9 de diciembre de 1999, con número de registro 21.971. Igualmente en dicha fecha, con registro de entrada nē 21.972, aporta escrito explicativo de los motivos por los cuales presenta el escrito de aceptación fuera de plazo.

Fundamentos jurídicos

Primero.- Corresponde al Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM) la competencia para resolver el presente expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 5.Uno del Decreto 69/1996, de 18 de abril, por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nē 55, 6.5.96), en concordancia con el artículo 3 de la Ley 7/1992, de 25 de noviembre, de creación de este Organismo.

Segundo.- Resulta aplicable lo previsto en el artículo 17.Uno del Decreto 69/1996, de 18 de abril, en cuya virtud: "Para la efectiva percepción de las subvenciones reguladas en la presente Sección, los beneficiarios deberán presentar en el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la notificación de la Resolución de concesión, además de la documentación exigida en el artículo 6.Uno del presente Decreto, documento firmado por las partes acreditativo de que la relación laboral de carácter temporal se convierte en indefinida, continua y a jornada completa o parcial según proceda, en el supuesto de que la misma no se hubiera aportado", y en su punto Dos "Se perderá el derecho a la subvención concedida en el supuesto de que la entidad beneficiaria no aportara en el plazo de quince días señalado en el apartado anterior, la documentación exigida en el mismo o de la documentación aportada se desprendiera el incumplimiento por el beneficiario de los requisitos señalados en el presente Capítulo".

Tercero.- Procede dejar sin efecto la Resolución nē 2.978, de fecha 30 de septiembre de 1999, del Director del ICFEM, por la que se concedió subvención a Comunidad de Propietarios Edificio Caletillas Beach Candelaria, conforme establece el resuelvo quinto de la citada resolución, toda vez que, la misma fue notificada al interesado el 13 de octubre de 1999, por lo que el plazo de presentación de la documentación, para el abono de la subvención, finalizaba el 30 de octubre de 1999 y el escrito de aceptación tuvo entrada en este Organismo el día 9 de diciembre de 1999, con número de registro 21.971, es decir, fuera del plazo establecido.

Cuarto.- De conformidad con lo establecido en el artículo 5.Dos del referido Decreto 69/1996, de 18 de abril (B.O.C. nē 55, de 6.5.96), corresponde al Director del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), la resolución del presente expediente.

Por cuanto antecede, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, y en uso de las competencias que me confiere la normativa citada en el párrafo anterior,

R e s u e l v o:

Primero.- Dejar sin efecto la Resolución nē 2.978, de fecha 30 de septiembre de 1999, del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), por la que se concedió subvención a Comunidad de Propietarios Edificio Caletillas Beach Candelaria, por la conversión de un puesto de trabajo temporal en indefinido, del Decreto 69/1996, de 18 de abril, por el que se regulan los Programas para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social (B.O.C. nē 55, de 6.5.96), por los motivos expuestos en los fundamentos jurídicos segundo y tercero de la presente Resolución.

Segundo.- Notificar al interesado la presente Resolución, con la indicación de que, contra ésta, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera formularse, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación".

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de mayo de 2002.- El Director, p.d., la Subdirectora de Empleo (Resolución nē 2.957, de 29.9.99), María Teresa Covisa Rubia.

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