Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 102. Lunes 29 de Julio de 2002 - 2409

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2409 - Instituto Canario de la Mujer.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 10 de julio de 2002, de la Directora, que rectifica error material detectado en la Resolución de 25 de junio de 2002, por la que se determina el resultado de la convocatoria efectuada para la concesión de subvenciones por este Organismo, en el año 2002, para programas dirigidos a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres (B.O.C. nº 98, de 19.7.02).

Descargar en formato pdf

ANTECEDENTES

Primero.- Por Resolución de la Directora del Instituto Canario de la Mujer, de 31 de mayo de 2001 (B.O.C. nº 73, de 13.6.01), se establecen las bases y se efectúa convocatoria anticipada de subvenciones a conceder por el Instituto Canario de la Mujer, en el año 2002, para programas dirigidos a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Segundo.- Mediante sendas Resoluciones de 22 de marzo de 2002 (B.O.C. nº 41, de 1.4.02) y 15 de mayo de 2002 (B.O.C. nº 69, de 29.5.02), se modificó parcialmente la Resolución de 31 de mayo de 2001, por la que se establecen las bases y se efectúa convocatoria anticipada de subvenciones a conceder por el Instituto Canario de la Mujer, en el año 2002, para programas dirigidos a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

La modificación operada afecta al plazo máximo para dictar resolución, fijado en la base sexta, apartado seis, de la convocatoria, que queda establecido en el día 15 de mayo de 2002, en la primera resolución citada, y en el día 30 de junio de 2002, en la segunda de las resoluciones.

Tercero.- Por Resolución de fecha 3 de junio de 2002 se modificó parcialmente la resolución de convocatoria anticipada de subvenciones con el fin de adaptar la misma a la normativa de aplicación a los recursos procedentes del Fondo Social Europeo, al pasar a estar cofinanciadas las subvenciones a otorgar con dichos Fondos, con una tasa de cofinanciación del 85%, en el marco del Programa Operativo de Canarias 2000/2006 y, a la modificación practicada por la Ley 2/2002, de 27 de marzo, de establecimiento de normas tributarias y de medidas en materia de organización administrativa, de gestión, relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de carácter sancionador (B.O.C. nº 45, de 8.4.02).

Cuarto.- Por Resolución de la Directora del Instituto Canario de la Mujer, de 25 de junio de 2002, se determinó el resultado de la convocatoria efectuada para la concesión de subvenciones por el Instituto Canario de la Mujer, en el año 2002, para programas dirigidos a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Por error material, se hizo constar en esta última resolución citada, que su número de orden es el 112 cuando, en realidad, es el 122.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Único.- El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por lo expuesto, en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Rectificar el error material detectado en el número de orden que se hizo constar en la Resolución de 25 de junio de 2002, por la que se determina el resultado de la convocatoria efectuada para la concesión de subvenciones por el Instituto Canario de la Mujer, en el año 2002, para programas dirigidos a fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, siendo éste el número 122.

Contra la presente Resolución, que es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación. Asimismo, a criterio de la interesada, podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante el Instituto Canario de la Mujer, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro que estimen procedente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de julio de 2002.- La Directora, Rosa Dávila Mamely.

© Gobierno de Canarias