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BOC Nº 102. Lunes 29 de Julio de 2002 - 1130

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

1130 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 11 de julio de 2002, por la que se ejecuta la sentencia de 9 de febrero de 2001 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santa Cruz de Tenerife, dictada en el recurso nº 381/00 y en consecuencia se modifica la Resolución de 26 de enero de 2000, que hace pública la relación de los aspirantes seleccionados en virtud de pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo Administrativo (Grupo C) convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales de 3 de diciembre de 1998.

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Visto el expediente tramitado en esta Dirección General para dar cumplimiento, en sus propios términos, a la sentencia nº 32 de fecha 9 de febrero de 2001, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santa Cruz de Tenerife, promovido por D. Fernando Vicente Báez Hernández y otros, contra la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de fecha 26 de enero de 2000.

Teniendo en cuenta los siguientes antecedentes y consideraciones jurídicas:

ANTECEDENTES

1º) Mediante Orden de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales de 3 de diciembre de 1998 se convocaron pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo Administrativo (Grupo C) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en ejecución del Plan de Empleo Operativo aprobado por Decreto 221/1998, especificándose en la base 1 de la misma que se convocaban pruebas selectivas para cubrir 125 plazas del Cuerpo Administrativo.

2º) Por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 26 de enero de 2000 se hizo pública la relación de los aspirantes seleccionados en virtud de pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo Administrativo (Grupo C) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, figurando en ella un total de 125 aspirantes seleccionados.

3º) Contra la anterior Resolución se interpuso recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santa Cruz de Tenerife, tramitado con el nº 381/00 por D. Fernando Vicente Báez Hernández, Dña. Carmen Lidia Barrera Padrón, Dña. Patricia Raimondi García, D. Leonardo Cabrera González, Dña. María del Rosario Pulido García, D. Octavio Sebastián Arraez Alemán, Dña. María del Carmen Presa Benítez, Dña. María Isabel Vilariño Eugenio, Dña. María José Marrero Serrano, Dña. María Delia Ana González Croissier, Dña. María Nancy Morán Cabrera, D. Miguel Ángel Araña Pulido, Dña. Emérita Díaz Rodríguez, Dña. Margarita Archilla Casado, D. Antonio Manuel Jerez Betancor, Dña. María del Pilar Vázquez Vizoso, Dña. Rosa María Sánchez Rodríguez, Dña. María del Pino Herrera Fleitas, D. Marcos Suárez Santana, D. Alfredo Miguel Quesada González, D. Juan Bernardo Merino Talavera, Dña. María Soledad Casillas Dávila, Dña. Lidia Esther González Bosa, Dña. María Luisa Iglesias Álvarez, Dña. Marcela Padrón Rodríguez, Dña. Olivia María Cabrera Díaz, Dña. Inmaculada Bárbara Castillo de Vera, Dña. Teresa María Martínez Ballesta, Dña. María Esther Pérez Suárez y D. Ernesto José Regalado Jiménez.

En el recurso se solicitaba la anulación de la referida Resolución al considerar los recurrentes que según lo dispuesto en el último párrafo del apartado cuarto del Plan de Empleo el número de plazas a ofertar en las respectivas convocatorias debía incrementarse hasta un máximo de las 375 totales previstas en el Plan, al aprobar cuando aprueban funcionarios que ocupaban plaza de doble adscripción, y teniendo en cuenta que la Orden de convocatoria había hecho uso de esta habilitación potestativa en la base 6.2 al decir que quedaran seleccionados un número de aspirantes no superior al total de plazas previstas en el Plan de Empleo si se daba la circunstancia prevista.

4º) Con fecha 9 de febrero de 2001 recayó Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santa Cruz de Tenerife en la que se estimaba parcialmente el recurso anulando el acto impugnado por ser contrario a derecho y reconociendo a la parte demandante el derecho a la aplicación de la base 6.2 en sus propios términos. Dicha Sentencia fue posteriormente confirmada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias mediante la Sentencia nº 16 de 14 de febrero de 2002.

5º) En sentencias anteriores a la de 14 de febrero de 2002 dicha Sala había dictado dos sentencias ante idénticos recursos considerando ajustada a derecho la Resolución de esta Dirección General de 26 de enero de 2000 al considerar que los Tribunales de Selección no pueden declarar que ha superado los procesos selectivos un número superior de aspirantes al de plazas convocadas y que cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho, y señalando asimismo que lo previsto en el último párrafo del apartado 4º del Plan de Empleo Operativo implica una mera posibilidad siempre y cuando se den las condiciones para ello, condiciones que no se cumplen por lo que no resulta procedente el incremento de plazas.

Dichas sentencias son las dictadas el 15 de mayo de 2001 en la apelación nº 119/00 del recurso nº 46/2000 interpuesto por D. Antonio Brito Pérez y la de fecha 6 de junio de 2001 en la Apelación nº 200/00 del recurso 59/00 interpuesto por D. José María Déniz Manzano, D. Matías Escarvajal Samaría y D. Luis de Vega Álvarez.

6º) En sentencia posterior a la de 14 de febrero de 2002 la misma Sala volvió a considerar ajustada a derecho la Resolución de esta Dirección General de 26 de enero de 2000. Así sucedió en la dictada el 19 de abril de 2002 en la Apelación nº 130/01 del recurso nº 88/00 promovido por Dña. Aurora Calzado Ramallo, Dña. María del Pilar Martín Martín, D. Francisco J. Alberto Barrios, Dña. Clara María Barroso Barroso, Dña. Juana María Bolaños Concepción, Dña. Irene Cabrera Felipe, Dña. María Reyes Domínguez Gil, D. Luis Ignacio Esquiroz Pérez, Dña. Ascensión García Lorenzo, D. Andrés González Castro, D. Dimas Pedro González García, Dña. María Virginia González Padrón, Dña. Elena María González Pérez, D. Antonio María Hernández Pérez, Dña. Genoveva López Fernández, Dña. Aurea Marrero Acevedo, D. David A. Méndez García, Dña. Carmen Mercedes Puga Mantecón y D. Jesús Romero Bilbao.

7º) Según consta en Certificación emitida por la Jefe de Servicio de Régimen y Registro de Personal de este Centro Directivo, de los 125 aspirantes seleccionados que se relacionan en la Resolución de 26 de enero de 2000, ocupaban puesto de trabajo de doble adscripción el 30 de noviembre de 1999, fecha en que se efectúa por el Tribunal Calificador la propuesta de aspirantes seleccionados, los siguientes funcionarios y con la forma de provisión que se cita:

Ver anexos - páginas 12945-12948

Segundo.- En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, los aspirantes relacionados en el apartado anterior deberán presentar en la Dirección General de la Función Pública fotocopia compulsada del título académico exigido en la base segunda, apartado f) de las que rigen la convocatoria o, en su defecto, certificación académica acreditativa de haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del respectivo título.

No será necesaria la presentación de esta documentación para los funcionarios que hayan accedido a las pruebas invocando el cumplimiento de los requisitos exigidos en los párrafos segundo y tercero del citado apartado f), si bien en el último caso habrá de aportarse fotocopia compulsada de la realización del curso específico de formación.

Tercero.- Si dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación exigida o del examen de las mismas se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de julio de 2002.- La Directora General de la Función Pública, Cristina de León Marrero.

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