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BOC Nº 098. Viernes 19 de Julio de 2002 - 1070

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1070 - ORDEN de 28 de junio de 2002, por la que se amplía el plazo de resolución de las subvenciones para la realización de congresos y eventos de carácter científico o técnico convocadas por Orden de 28 de enero de 2002 (B.O.C. nº 71, de 31.5.02).

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Vista la Orden de 28 de enero de 2002 (B.O.C. nº 71, de 31.5.02), por la que se aprueban con vigencia indefinida las bases que regirán la concesión de las subvenciones para la realización de congresos y eventos de carácter científico o técnico, y se convocan las referidas subvenciones para el ejercicio 2002.

Resultando que en la base octava se dispone que las subvenciones convocadas por la presente Orden serán resueltas antes del 30 de junio de cada año, considerándose denegadas todas las solicitudes si no hay resolución expresa.

Considerando que existe una imposibilidad manifiesta de poder resolver en el plazo máximo establecido, motivada por las siguientes circunstancias concurrentes:

1) Por el gran número de solicitudes formuladas.

2) Por la falta de medios personales y materiales, para atender a su despacho adecuado y en plazo, ya que dicho término máximo de resolución coincide, de un lado, con el período vacacional, lo cual supone una merma en los efectivos con los que contamos y en su correcta gestión, a fin de no causar trastornos, de otro, con el corto espacio de tiempo entre la finalización del plazo de presentación de solicitudes (18.6.02) y el plazo máximo de resolución (30.6.02), y por otro, la apertura de plazos de presentación de otras convocatorias de subvenciones genéricas de esta Dirección General, teniendo colapsado el registro y los medios personales y materiales.

Considerando el artículo 10 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Considerando el Acuerdo del Gobierno de Canarias en sesión celebrada el día 28 de enero de 2002.

Considerando que mediante dicho Acuerdo se establece que el plazo máximo de resolución de las convocatorias no podrá exceder del 30 de septiembre del presente año.

Por lo antedicho, y en su virtud,

D I S P O N G O:

Único.- El plazo para resolver la concesión de subvención que figura en la base octava de la citada Orden de convocatoria, queda ampliado hasta el día 30 de septiembre de 2002.

Insértese la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias para su general conocimiento.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de junio de 2002.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

José Miguel Ruano León.

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