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BOC Nº 097. Miércoles 17 de Julio de 2002 - 2326

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Santa Cruz de Tenerife

2326 - EDICTO de 2 de julio de 2002, relativo a la sentencia recaída en los autos de modificación de medidas definitivas nº 299/2001.

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En los autos de modificación de medidas definitivas nº 299/2001 de referencia se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia de fecha 21 de junio de 2002 cuyo tenor literal del encabezamiento y parte dispositiva son las siguientes:

ENCABEZAMIENTO:

Solicitante de las Medidas: Dña. Judith Itala Santander Hidalgo, representada por la Procuradora Dña. Eulalia Raya Pastor, y bajo la dirección del Letrado D. Francisco de Borja Domínguez Salavarría.

Parte demandada: D. Julio Manuel González Montero.

PARTE DISPOSITIVA:

Que estimando en parte la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Eulalia Raya Pastor, en nombre y representación de Dña. Judith Itala Santander Hidalgo, contra D. Julio Manuel González Montero, se acuerda que corresponda a la Sra. Santander Hidalgo el ejercicio unilateral de la patria potestad sobre su hijo menor de edad Héctor Alonso González Santander, conviviendo el niño con su madre, que tiene atribuida la guarda y custodia del menor, y entretanto continúe el padre D. Julio Manuel González Montero, en paradero desconocido y sin contacto con el hijo, además de suspender el derecho de visitas del referido demandado respecto del hijo menor de edad de las partes, Héctor Alonso González Santander. Hallándose el demandado en paradero desconocido y careciéndose de datos sobre su situación y posibilidades económicas no procede establecer a su cargo pensión alimenticia para el menor; sin perjuicio del derecho de la actora a reiterar dicha solicitud en su momento conforme a lo expuesto en el fundamento de derecho cuarto de la presente resolución.

No procede la imposición a ninguna de las partes de las costas procesales causadas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se preparará por escrito ante ese Juzgado en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y, para que sirva de notificación al demandado D. Julio Manuel González Montero, en paradero desconocido, se expide la presente en Santa Cruz de Tenerife, a 2 de julio de 2002.- El Secretario.

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