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BOC Nº 093. Lunes 8 de Julio de 2002 - 1018

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1018 - Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.- Resolución de 26 de junio de 2002, por la que se convoca concurso de méritos para seleccionar Coordinadores del Practicum del Curso de Cualificación Pedagógica para el curso 2002/03.

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La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (L.O.G.S.E.), establece que para impartir las enseñanzas de la Educación Secundaria Obligatoria, del Bachillerato y de la Formación Profesional Específica, así como para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de Formación Profesional, es preciso estar en posesión del título profesional de Especialización Didáctica, que se obtiene mediante la realización de un curso de cualificación pedagógica.

El Real Decreto 1.692/1995, de 20 de octubre (B.O.E. de 9 de noviembre, corrección de errores en el B.O.E. de 19 de diciembre), modificado por el Real Decreto 321/2000, de 3 de marzo, regula dicho título profesional y establece, entre otros aspectos, cuáles han de ser las características del Curso de Cualificación Pedagógica. Señala, asimismo, que el curso debe prestar especial atención a la integración de la formación teórica y la formación práctica y que, por ello, es fundamental su vinculación a los Institutos de Educación Secundaria y el aprovechamiento de los conocimientos y la experiencia de los profesores y profesoras en activo con niveles contrastados de calidad en el ejercicio de la función docente.

El citado Real Decreto establece igualmente que la Administración Educativa adoptará las medidas oportunas para garantizar el desarrollo de las prácticas docentes tuteladas en condiciones adecuadas para el proceso formativo del alumnado y arbitrará el procedimiento para seleccionar a este fin a los profesores y profesoras de los centros con un nivel contrastado de calidad en el ejercicio de la función docente.

Las Órdenes de 13 de junio de 1996, de 17 de febrero de 1997 y de 23 de febrero de 2000, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, desarrollan, para la Comunidad Autónoma Canaria, el Plan de Estudios del Curso de Cualificación Pedagógica, así como las condiciones generales para su realización. Dicho Plan de Estudios fue homologado por el Ministerio de Educación y Cultura por Resolución de 14 de marzo de 1997 (B.O.E. de 12 de abril).

Por su parte, la Orden de 13 de junio de 1996, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula el Plan de Estudios y la impartición del Curso de Cualificación Pedagógica, define las características del Practicum y determina que estará coordinado por profesorado de Secundaria que coordinará, a su vez, a los profesores tutores. También especifica que las materias obligatorias específicas y las optativas podrán ser impartidas por profesorado de Secundaria, y que la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa regulará su participación, previo informe de la Comisión de Seguimiento del Curso de Cualificación Pedagógica.

Por todo ello, esta Dirección General

R E S U E L V E:

Primero.- Convocar concurso de méritos para seleccionar un Coordinador del Practicum del Curso de Cualificación Pedagógica para el curso 2002/03 en cada una de las especialidades que se relacionan en el anexo I a esta Resolución, en el ámbito de cada una de las Universidades canarias.

Segundo.- Designar a los coordinadores del practicum como profesores encargados de colaborar en la impartición de las materias obligatorias específicas del bloque de enseñanzas teórico-prácticas y de organizar, coordinar y desarrollar el practicum.

Tercero.- Prorrogar el nombramiento a los coordinadores del practicum del Curso de Cualificación Pedagógica que han obtenido el nombramiento por concurso de méritos y evaluación positiva en el curso 2001/02, siempre y cuando se organice su especialidad, mantengan los requisitos de participación y no presenten su renuncia en los veinte días siguientes a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarto.- Esta convocatoria se ajustará a las siguientes

BASES

Primera.- Requisitos de participación.

Podrá solicitar la participación en esta convocatoria el profesorado que cumpla los siguientes requisitos:

1. Pertenecer al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria o de Profesores Técnicos de Formación Profesional con titulación de diplomado o licenciado, y encontrarse en situación de servicio activo en el curso 2002/03 en un centro docente público de las islas en las que se desarrolle el curso.

2. Tener una experiencia docente directa de, al menos, cinco años en la etapa de Educación Secunda-ria o niveles equivalentes, en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, incluyendo en el cómputo el curso actual.

3. Estar adscrito a la especialidad por la que se concursa, de acuerdo con el Real Decreto 1.701/1991, de 29 de noviembre, y con el Real Decreto 1.635/1995, de 10 de octubre, por los que se establecen las especialidades de la Enseñanza Secundaria y de la Formación Profesional Específica, e impartir esa misma especialidad.

4. No haber sido evaluada negativamente su labor de coordinador del practicum en el Curso de Cualificación Pedagógica en el curso académico 2001/02.

Segunda.- Funciones.

Sin perjuicio de las que, con carácter general, se establecen en la Orden de 13 de junio de 1996, los coordinadores del practicum durante el curso académico 2002/03 asumirán las siguientes funciones:

a) Con respecto a la impartición de las materias obligatorias específicas:

a.1. Coordinarse con el profesorado universitario para la organización y programación de la docencia de la Didáctica de su especialidad.

a.2. Impartir la parte del programa de la Didáctica de la especialidad que le corresponda.

a.3. Participar en la evaluación de la Didáctica de su especialidad.

b) En cuanto a la organización del practicum:

b.1. Participar en la Comisión de selección de tutores de su especialidad.

b.2. Asignar tutor a cada uno de los alumnos, teniendo en cuenta las circunstancias y condiciones que regule la resolución de convocatoria de tutores.

b.3. Establecer las vías de coordinación entre los tutores de su especialidad, de acuerdo con el modelo de organización del Curso de Cualificación Pedagógica.

b.4. Elaborar un primer informe que incluya la relación de alumnos asignados a cada tutor y la relación de alumnos por centro, así como los documentos, debidamente cumplimentados, que la Administración requiera sobre ellos mismos y sobre los tutores para proceder a su designación, certificación o pago de su labor.

b.5. Proponer tutores de su especialidad, para su designación por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, en el caso de que no hubieran resultado seleccionados mediante la convocatoria que se hará pública al efecto.

c) En cuanto a la coordinación y desarrollo del practicum:

c.1. Participar en las estructuras de coordinación del curso establecidas por el Centro Superior de Educación de la Universidad de La Laguna o por el Centro Superior de Formación del Profesorado de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, según proceda.

c.2. Coordinar la labor de los tutores del practicum de su especialidad, a través de reuniones periódicas.

c.3. Coordinar, conjuntamente con el resto de los coordinadores del practicum, dinamizar y, en su caso, participar como ponente, en la de formación y actualización de tutores de su especialidad, a través de la estructura de coordinación que se establezca.

c.4. Asesorar a los tutores del practicum de su especialidad con relación al cumplimiento de su labor tutorial, según las pautas recibidas del Centro Superior de Educación de la Universidad de La Laguna o del Centro Superior de Formación del Profesorado de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, según proceda.

c.5. Dinamizar y coordinar, en colaboración con el profesorado designado por la Universidad, los Seminarios de Prácticas del alumnado de su especialidad.

c.6. Participar en la evaluación del practicum.

c.7. Resolver las posibles incidencias que se produzcan en el desarrollo del practicum.

c.8. Presentar, al finalizar el curso y acompañando las actas de las reuniones con los tutores, la memoria final explicativa de su trabajo que contenga referencias explícitas a su intervención docente, a su intervención como dinamizador y coordinador del Seminario de Prácticas, a su coordinación y apoyo a los tutores de su especialidad y a su intervención como coordinador de la formación de esos tutores, todo ello en el marco de las enseñanzas del Curso de Cualificación Pedagógica que establezca la Universidad correspondiente.

c.9. Atender, en horas de tutoría especialmente designadas para ello, al alumnado de su especialidad.

El ejercicio de estas funciones es incompatible con el desempeño de funciones directivas en los centros educativos.

Tercera.- Período de actuación, distribución horaria, certificaciones y retribuciones inherentes a las funciones de los coordinadores del practicum.

1. El período de actuación como coordinador del practicum comenzará el 15 de septiembre de 2002 y finalizará el 30 de junio de 2003. Este período podrá ser prorrogado para el curso 2003/04, condicionado a la evaluación positiva, la organización de la especialidad por la cual se opta en esta convocatoria y la organización del curso en las condiciones actuales.

2. Los seleccionados tendrán una reducción de siete horas en su horario lectivo semanal, lo que supondrá un mínimo de 210 horas de reducción en el curso escolar, cuya distribución estimada es la siguiente:

- 10 horas para la programación de la Didáctica de la especialidad.

- 4 horas para la asignación de tutores a los alumnos.

- 60 horas de docencia de la Didáctica de su especialidad.

- 30 horas de coordinación y dinamización de la formación y actualización de los tutores.

- 30 horas de dinamización del Seminario de Prácticas del alumnado.

- 30 horas de participación en las estructuras de coordinación del curso.

- 6 horas de elaboración del informe y de la memoria final.

- 15 horas de tutoría del alumnado.

- el resto de las horas se dedicará a la participación en las sesiones de evaluación que se planifiquen, al asesoramiento y coordinación de tutores, así como a la búsqueda de soluciones a las incidencias que surjan durante el desarrollo del practicum.

3. Finalizado el Curso de Cualificación Pedagógica, los coordinadores recibirán las certificaciones correspondientes a la coordinación del practicum (210 horas) y a la impartición de las materias obligatorias específicas (60 horas).

Cuarta.- Criterios de selección.

1. La selección de los aspirantes se realizará conforme a la aplicación del baremo recogido en el anexo II a esta Resolución.

2. Los aspirantes presentarán un Proyecto sobre la metodología que proponen y su visión del Practicum en todos sus aspectos: las fases, Seminario de Prácticas, evaluación ... con una extensión no superior a los 5 folios mecanografiados a espacio y medio. El Proyecto se presentará en un sobre cerrado en cuyo exterior figure la expresión "Proyecto de la Coordinación de (especialidad) del Curso de Cualificación Pedagógica 2002/03", nombre del concursante y firma cruzada en la solapa.

3. A los aspirantes que no alcancen un mínimo de 12 puntos en el apartado 1 del baremo, establecido en el anexo II, no se les abrirá ni baremará el Proyecto, quedando excluidos del proceso de selección.

4. Los aspirantes, para ser seleccionados, deben alcanzar por el apartado 2 del baremo, al menos, un tercio de la puntuación total del mismo.

Quinta.- Comisión de selección.

Para la selección de los aspirantes se constituirán dos Comisiones de Selección, una en Tenerife y otra en Gran Canaria, cada una de ellas integrada por:

- tres representantes de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

- tres representantes de la Universidad correspondiente.

Se garantizará, asimismo, la presencia sindical en los términos legales vigentes.

Sexta.- Presentación de solicitudes y documentación.

1. Los aspirantes presentarán su solicitud, según modelo del anexo III, en la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa (calle José Antonio de Zárate y Penichet, 4, planta baja, Edificio Arco Iris, 38001-Santa Cruz de Tenerife, o calle León y Castillo, 57, 4ª planta, 35003-Las Palmas de Gran Canaria), en las Direcciones Territoriales de ambas provincias o en alguno de los centros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en las condiciones previstas en la misma.

2. La solicitud deberá ir acompañada de fotocopia compulsada del título administrativo y diligencias correspondientes u hoja de servicios cerrada a 31 de agosto de 2002 y certificada por el centro de trabajo o, en su defecto, por la autoridad educativa competente, así como de la documentación acreditativa de los requisitos contemplados en la base primera y de los méritos alegados.

3. No serán tenidos en cuenta, y por lo tanto no serán valorados, aquellos méritos que los aspirantes aleguen y no acrediten suficientemente en el plazo establecido en el apartado siguiente, salvo que se trate de defectos de forma, que podrán ser subsanados durante el plazo previsto en la base séptima.

4. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Séptima.- Procedimiento para la selección de coordinadores

1. Las listas provisionales de admitidos y excluidos se harán públicas en las Direcciones Territoriales de Educación, con la puntuación resultante de aplicar el baremo recogido en el anexo II, el día 2 de septiembre de 2002.

Los interesados podrán presentar reclamación en el plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de la publicación de las listas provisionales. Dentro de dicho plazo, los aspirantes podrán presentar su renuncia a participar en esta convocatoria, así como subsanar los posibles defectos de forma habidos en la presentación de la documentación.

Resueltas las reclamaciones y estudiadas las renuncias, se hará pública la lista de admitidos y excluidos, en las Direcciones Territoriales de Educación, el día 10 de septiembre de 2002. Así mismo, se publicará la relación de coordinadores seleccionados en aquellas especialidades que se organicen a resultas de la matrícula del alumnado del curso.

2. La devolución de la documentación presentada podrá ser solicitada en el plazo de tres meses contados a partir del mes siguiente a la publicación de las listas definitivas. Una vez transcurrido ese plazo, la documentación será destruida.

Octava.- Evaluación de los coordinadores.

Las universidades organizadoras del Curso de Cualificación Pedagógica, establecerán los criterios e instrumentos adecuados para poder realizar la valoración del trabajo de los Coordinadores del Practicum y remitirán un informe a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, con la evaluación y la propuesta de prórroga, en su caso.

Interpretación de la presente Resolución.

Corresponde a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa resolver cualquier duda o reclamación que se plantee en cuanto a la interpretación de la presente Resolución, así como a la aplicación de los plazos fijados en la misma y a la modificación de algunos aspectos organizativos, si fuera preciso.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las bases que en ella se contienen.

Contra la presente Resolución y sus bases, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Sr. Viceconsejero de Educación en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, según la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de junio de 2002.- La Directora General de Ordenación e Innovación Educativa, Juana del Carmen Alonso Matos.

A N E X O I

UNA PLAZA EN GRAN CANARIA Y OTRA EN TENERIFE EN CADA UNA DE LAS ESPECIALIDADES QUE SE RELACIONAN:

Ciencias de la Naturaleza (Biología y Geología; Física y Química).

Ciencias Sociales, Geografía e Historia.

Educación Física.

Educación Plástica y Visual (Dibujo).

Filosofía.

Lengua Castellana y Literatura.

Lenguas Clásicas (Latín, Griego).

Lenguas Extranjeras.

Matemáticas.

Música.

Psicología y Pedagogía.

Tecnología.

Economía y Tecnologías de Administración y Gestión.

Tecnología: Tecnologías de Servicios.

Ver anexos - páginas 11972-11973

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