Estás en:
La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, prevé en su artículo 38.6 que toda Administración Pública establezca los días y el horario de funcionamiento de las oficinas de registro; además el punto 8 del propio artículo dispone la obligación de dar publicidad y mantener actualizada la relación de sus oficinas propias y concertadas.
Por otra parte, el artículo 1 de la Orden de la Consejería de Presidencia de 2 de noviembre de 2000 (B.O.C. nº 145, de 3.11.00) atribuye a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia la publicación de la indicada relación actualizada de registros de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, sus entidades de derecho público y organismos autónomos.
En cumplimiento de dicho mandato, por Resolución de 28 de diciembre de 2000 (B.O.C. nº 170, de 29.12.00), se hizo pública la relación de los registros propios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los concertados con las Entidades Locales.
Con posterioridad a dicha publicación se han producido modificaciones en los registros de diversos Departamentos y nuevas adhesiones de Entidades Locales al Convenio Marco suscrito por la Administración General del Estado y la Administración Autonómica de Canarias, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 79, de 29 de junio de 1998.
Por lo expuesto,
R E S U E L V O:
Hacer pública la relación anexa actualizada de los registros propios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los concertados con las Entidades Locales adheridas al Convenio Marco citado.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de junio de 2002.- El Secretario General Técnico, Antonio Lazcano Acedo.
© Gobierno de Canarias