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BOC Nº 086. Lunes 24 de Junio de 2002 - 933

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Sanidad y Consumo

933 - ORDEN de 5 de junio de 2002, por la que se modifica la Orden de 15 de abril de 1999 que aprueba el mapa farmacéutico de Canarias (B.O.C. nº 50, de 23.4.99).

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Mediante el contenido de lo dispuesto en la Orden del Consejero de Sanidad y Consumo de fecha 15 de abril de 1999, se aprobó el vigente Mapa Farmacéutico de Canarias, configurado como la norma reglamentaria en la que se concretan los criterios de planificación e instalación de oficinas de farmacia, quedando plasmadas las necesidades de atención farmacéutica de la población y los recursos que han de establecerse para que la misma se distribuya de la forma más igualitaria posible, de tal manera que en última instancia resulta ser el instrumento a utilizar por la Administración Sanitaria para llevar a efecto las actuaciones que garanticen la protección de la salud de los habitantes del archipiélago en el ámbito farmacéutico.

Por su parte a través del contenido del Decreto 258/1997, de 16 de octubre, por el que se establecen criterios específicos de planificación y ordenación farmacéutica, y de la precitada Orden de 15 de abril, el Mapa Farmacéutico queda configurado como un elemento dinámico que debe plasmar las necesidades reales de atención farmacéutica de la población en cada momento, las cuales pueden variar en función de muy diversos factores y circunstancias.

Entre dichos factores o circunstancias pueden señalarse los cierres o amortización de algunas oficinas de farmacia que se han producido como consecuencia de la ejecución del concurso de traslado convocado por Resolución de la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud, de fecha 7 de mayo de 1999, o incluso cierres de farmacias sobrevenidos a través de la ejecución del contenido de sentencias judiciales firmes que determinaron que las farmacias afectadas no cumplían los requisitos establecidos en la normativa que en su momento resultaba de aplicación.

En relación con dichas cuestiones y una vez planteado el hecho de la disminución del número de efectivos de oficinas de farmacia se procedió a trazar la estrategia de modificar la delimitación de las zonas farmacéuticas vigentes, de forma que pudieran generarse vacantes de farmacia que permitieran nuevas instalaciones en los núcleos afectados. Con tal motivo se ha procedido a la aprobación de una orden mediante la que se modifica la delimitación de las Zonas Farmacéuticas de Canarias, creando 7 nuevas Zonas Farmacéuticas Especiales Comunes.

Por su parte el artículo 17 del citado Decreto 258/1997 prevé la posibilidad de modificación del Mapa Farmacéutico vigente, procediendo por tanto recoger las modificaciones de delimitación de Zonas Farmacéuticas realizadas y las vacantes de farmacias producidas a través de dicha modificación.

Es por lo que,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Modificación.

Se modifica la Orden de 15 de abril de 1999, por la que se aprueba el Mapa Farmacéutico de Canarias, de acuerdo con el contenido del anexo de la presente Orden.

Disposiciones Finales

Primera.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Segunda.- Se faculta al Director General de Salud Pública para que dicte cuantos actos sean necesarios para la aplicación del contenido de la presente Orden.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de junio de 2002.

El Consejero de

Sanidad y Consumo,

José Rafael Díaz Martínez.

Ver anexos - página 10771

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