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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (B.O.E. nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (B.O.C. nº 159, de 15.12.95), modificado por el Decreto 138/2000, de 10 de julio (B.O.C. nº 108, de 17.8.00); se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la constitución de la asociación empresarial que se detalla:
Denominación: Asociación de Armadores de Merluza Negra de Canarias, Armercan.
Ámbito territorial: Comunidad Autónoma de Canarias.
Domicilio: calle Triana, 47, 5º piso, Las Palmas de Gran Canaria.
Ámbito profesional: las personas físicas o jurídicas que ostenten la explotación de un buque pesquero, por cualquier título lícito que voluntariamente lo soliciten y que se dediquen a la actividad de Armadores dedicados a la pesca de merluza negra y especies asociadas.
FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN: D. Eladio Rosales Santiago, D. Santiago Iglesias Carballa, D. Enrique Crujeiras Castro, D. Domingo Martínez Fernández, D. Manuel Ferreiro Cordeiro, D. Manuel Lameiro Saramago y D. Fernando García Dasilva, pudiendo los interesados formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días a partir de su publicación.
Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de abril de 2002.- El Director General de Trabajo, Antonio Lorenzo Tejera.
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