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BOC Nº 083. Miércoles 19 de Junio de 2002 - 1944

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

1944 - Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 23 de abril de 2002, sobre notificación de Resolución recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 40/00, dirigida a D. Antonio Santos Niebla, en ignorado paradero.

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Habiéndose intentado notificar a D. Antonio Santos Niebla la Resolución de fecha 3 de octubre de 2001 recaída en el expediente de desahucio administrativo nº 40/00, seguido por no destinar como domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública de la que es adjudicatario, sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo Añaza, parcela I-15, vivienda D-15, resultando infructuosa su entrega y siendo ignorado su domicilio a efectos de la notificación de dicho trámite, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General de Vivienda,

R E S U E L V E:

Notificar a D. Antonio Santos Niebla, la Resolución de fecha 3 de octubre de 2001, recaída en el expediente de desahucio administrativo que le ha sido instruido y cuya parte dispositiva acuerda textualmente:

"Resolver la adjudicación de la vivienda de protección oficial de promoción pública sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo Añaza, parcela I-15, vivienda D-15, desahuciando a D. Antonio Santos Niebla por no destinar como domicilio habitual y permanente la mencionada vivienda, requiriéndole para que en el plazo de quince días a partir del siguiente al de la notificación de la presente Resolución, desaloje las pertenencias que, en su caso, pudiese tener en el inmueble, con apercibimiento de proceder de lo contrario al lanzamiento de cuantos muebles y enseres de su propiedad se encontrasen en el mismo.

El lanzamiento será ejecutado por esta Dirección General de Vivienda, que designará a las personas que hubieran de llevarlo a efecto, para lo cual se recabará la preceptiva autorización judicial y el auxilio, en su caso de las Fuerzas de Orden Público.

Contra este acto que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Infraestructuras, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común."

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de abril de 2002.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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