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BOC Nº 081. Lunes 17 de Junio de 2002 - 873

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

873 - Viceconsejería de Pesca.- Resolución de 4 de junio de 2002, por la que se convocan plazas de residencia para realizar estudios de Formación Profesional Específica de la familia Marítimo-Pesquera y Formación Profesional Marítimo-Pesquera de Adultos, para el curso 2002/2003 en la residencia del Instituto Politécnico de Formación Profesional Marítimo Pesquera de Canarias (Arrecife de Lanzarote).

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La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación convoca plazas para los distintos servicios de la Residencia del Instituto de Formación Profesional Marítimo Pesquera de Canarias de estudios de Formación Profesional Específica-Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior y Formación Marítimo Pesquera de Adultos.

Esta convocatoria se ajustará a la siguiente normativa.

CARACTERÍSTICAS DE LAS ENSEÑANZAS

Artículo 1º.- 1. Las enseñanzas se ajustarán a toda la normativa vigente para la Formación Profesional Específica y de Formación Marítimo Pesquera de Adultos, con la duración mínima establecida para cada tipo de enseñanza.

2. Con estos estudios se pretende formar trabajadores capacitados para:

- Incorporarse al sector marítimo y/o pesquero de las islas como empresarios, tanto a nivel individual como asociativo.

- Proporcionar profesionales a las empresas públicas y privadas del sector.

- Posibilitar la promoción y acceso a niveles superiores de educación y cualificación.

3. Cada una de las enseñanzas a impartir consta de las correspondientes enseñanzas teórico-prácticas establecidas en el desarrollo del currículo que corresponda.

INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Artículo 2º.- 1. Las solicitudes de los aspirantes se formalizarán en el modelo impreso publicado por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación y que será facilitado por la citada Consejería e Instituto Politécnico de Formación Profesional Marítimo Pesquera de Canarias (Arrecife de Lanzarote).

2. Es preceptivo rellenar todos los apartados de los impresos. La falsedad en los datos declarados acarreará la anulación de la petición y la pérdida de los derechos de opción del solicitante.

3. Las solicitudes se presentarán en la Secretaría del Instituto en el que se desea cursar los estudios.

4. La solicitud para optar a los distintos servicios de Residencia, dirigida al Sr. Director del Instituto Politécnico de Formación Profesional Marítimo Pesquero de Canarias correspondiente, vendrá acompañada de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del D.N.I./N.I.F.

b) Certificado de los estudios realizados. Se harán constar en el mismo las calificaciones obtenidas en el último curso escolar realizado por el estudiante.

c) Acreditación de la situación familiar alegada en el impreso de la solicitud, donde se incluirá la última declaración de la renta y un certificado de residencia.

d) Cuatro fotografías tamaño carnet.

e) Certificado médico, en modelo oficial o impreso P-10 de la Seguridad Social, que acredite no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni defecto psíquico o físico que le impida las normales actividades de este tipo de enseñanzas.

5. El plazo para la presentación de solicitudes será: del 1 de julio, comienzo del plazo de matrícula, al 13 de septiembre de 2002.

6. El número máximo de plazas ofertas será de 80, entre alumnos internos y medio-pensionistas.

ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE INTERNADO

Artículo 3º.- 1. A efectos del régimen de disfrute de las plazas de la Residencia, los alumnos a quienes se les conceda la plaza solicitada podrán disfrutarla en régimen de residencia completa o media pensión.

2. Los alumnos que residan en un radio inferior a 15 km del Instituto, no podrán disfrutar del régimen de mediopensionista, siempre que no existan actividades lectivas en horario de tarde.

3. Tendrán la condición preferente de alumnos internos quienes por lejanía de su domicilio habitual deseen residir en la Residencia.

Artículo 4º.- La adjudicación se realizará atendiendo a dos clases de valoración: social y académica.

VALORACIÓN SOCIAL

* Procedencia

· Proceder de una zona geográfica distinta a donde radica el Instituto Politécnico de F.P. Marítimo Pesquero de Canarias y donde no se impartan los estudios solicitados, o no haya sido admitido en otro Centro, dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma Canaria, 10 puntos.

· Proceder de la isla donde radica el Instituto Politécnico de F.P. Marítimo Pesquero de Canarias, teniendo su residencia habitual a la siguiente distancia de la citada Escuela:

- De 70 a 100 km, 6 puntos.

- De 40 a 69 km, 4 puntos.

- De 15 a 39 km, 2 puntos.

- Menos de 15 km, 0 puntos.

* Ingresos familiares.

· Se entenderá por ingresos familiares los mismos que sirven para el cómputo de la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En el supuesto de que concurran diversos miembros computables de la familia con obligación de declarar por dicho impuesto, se sumarán las bases imponibles a cada uno de ellos.

La renta familiar neta se obtendrá después de deducir de la base imponible, o de la suma en su caso, las cuotas líquidas correspondientes al mismo período.

Los ingresos aportados por los/as hermanos/as del solicitante que convivan en el domicilio familiar se computarán en un 50 por 100, en atención a la naturaleza y finalidad de los mismos.

· Se considerarán miembros del grupo familiar el solicitante, su padre, su madre, sus hermanos solteros de veintitrés años que convivan en el domicilio familiar o los de mayor edad que padezcan incapacidad o disminución física, psíquica o sensorial de la que se derive la imposibilidad de adquirir ingresos de cualquier naturaleza y los ascendientes de los padres que justifiquen adecuadamente su residencia en el mismo domicilio.

También podrán ser considerados miembros computables de la familia, los hermanos mayores de veintitrés años cuando se encuentren prestando el servicio militar o realizando estudios universitarios sin actividad de carácter laboral remunerada o en situación de paro no subsidiado.

En el caso de que el solicitante alegase su independencia familiar, deberá acreditar esta circunstancia, su domicilio y medios económicos con que cuenta.

· Al cociente entre los ingresos anuales computados y el número de miembros que integran el grupo familiar se le adjudicará la siguiente puntuación:

- Hasta 18.000 euros, 6 puntos.

- Entre 18.001 euros y 24.000 euros, 4 puntos.

- Entre 24.001 euros y 30.000 euros, 2 puntos.

- Más de 30.000 euros, 0 puntos.

* Vinculación al sector.

· Por su vinculación a la actividad pesquera, se concederán al aspirante los siguientes puntos:

- Hijo de pescadores o de personas directamente relacionadas con el sector marítimo y/o pesquero, 3 puntos.

* Atendiendo a la edad.

De acuerdo con la edad del aspirante, se aplicará la siguiente puntuación:

- Con edad comprendida entre 16 y 21 años, 3 puntos.

- A partir de los 22 años, 0 puntos.

VALORACIÓN ACADÉMICA

* Alumnos del Instituto.

- Alumnos que matriculados en el Instituto en el curso anterior y que lo superaron totalmente, 9 puntos.

- Alumnos que matriculados en el Instituto en el curso anterior con módulos o asignaturas pendientes, que no repitan curso, 6 puntos.

* Alumnos de nuevo acceso.

- Alumnos que acceden por primera vez a un Ciclo del mismo Grado o la Enseñanza de Adultos de los ofertados por el Instituto, 4 puntos.

- Alumnos que acceden por primera vez con las siguientes calificaciones medias en el último curso escolar realizado:

· Media de sobresaliente, 3 puntos.

· Media de notable, 2 puntos.

· Media de aprobado, 0 puntos.

INCORPORACIÓN DE LOS ALUMNOS

Artículo 5º.- 1. La Dirección del Instituto Politécnico F.P. Marítimo Pesquero de Canarias comunicará por escrito a los/as alumnos/as admitidos/as el día en que deberán incorporarse para comenzar las actividades lectivas.

2. En el momento de la incorporación, los/as alumnos/as presentarán la documentación exigida de acuerdo con las instrucciones que la Jefatura de Residencia les comunique.

3. Los/as alumnos/as vendrán provistos de la tarjeta de la Seguridad Social o, en su defecto, de un escrito firmado por el padre, madre o tutor haciéndose responsable de los gastos que origine el alumno por enfermedad.

4. Los/as alumnos/as incorporados/as quedarán sujetos a las normas de régimen interno establecidas.

5. El régimen de los alumnos puede ser en: internado-mediopensionista.

6. Los servicios ofertados consistirán en:

Internado:

- Habitación compartida que incluye ropa de cama y lavado de la ropa personal.

- Desayuno.

- Almuerzo.

- Merienda.

- Cena.

Mediopensionista:

- Almuerzo.

Cualquiera que sea el régimen elegido por el alumno, éste deberá someterse a los preceptos establecidos en las disposiciones oficiales vigentes para esta clase de enseñanzas, así como la total aceptación y cumplimiento de las normas que rigen la vida interior del Instituto, tanto del centro docente como de la residencia, al igual que su disciplina en cuanto a asistencia, aprovechamiento y comportamiento.

La ocupación de una plaza de internado y uso del comedor lleva implícito la obligatoriedad de asistir a todas las actividades lectivas, tanto teóricas como prácticas, alcanzar un rendimiento escolar suficiente.

COSTO DE LAS ENSEÑANZAS

Artículo 6º.- 1. Todos los alumnos admitidos disfrutarán de enseñanza y residencia gratuita.

2. Los gastos correspondientes al Seguro Escolar y material escolar correrán a cargo del alumno.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de junio de 2002.- El Viceconsejero de Pesca, Manuel Fajardo Feo.

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