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BOC Nº 079. Miércoles 12 de Junio de 2002 - 842

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica

842 - ORDEN de 27 de mayo de 2002, por la que se crean y modifican determinados Registros de esta Consejería.

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Examinado el expediente tramitado por la Academia Canaria de Seguridad para la creación y modificación de los registros de ese Organismo Autónomo.

Vista la propuesta efectuada por la Directora de la Academia Canaria de Seguridad.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Con posterioridad a la publicación de la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 28 de diciembre de 2000, por la que se hace pública la relación de los registros propios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y la ubicación de los mismos, se produce el traslado de la sede de la Academia Canaria de Seguridad en Las Palmas de Gran Canaria a una nueva dirección.

2º) El incremento de la actividad formativa que desde este Organismo Autónomo se lleva a cabo con los profesionales que integran el sistema de seguridad pública de Canarias y la consiguiente necesidad de facilitar el acceso a la misma, hace necesaria la creación de un registro auxiliar en la sede de Santa Cruz de Tenerife que facilite la labor que lleva a cabo el Registro General de Las Palmas de Gran Canaria.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primero.- El artº. 38.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, prevé que toda Administración Pública establezca los días y el horario de funcionamiento de las oficinas de registro. Asimismo el citado artículo en su punto 8 dispone la obligación de dar publicidad y mantener actualizada la relación de sus oficinas de registro propias y concertadas, sus sistemas de acceso y comunicación, así como los horarios de funcionamiento.

Segundo.- El artº. 4.1 del Decreto 105/2000, de 26 de junio, por el que se regulan determinados aspectos del funcionamiento de los registros de la Administración autonómica de Canarias, establece la posibilidad de creación de registros auxiliares de los generales en situaciones de excepcionalidad.

Tercero.- La Orden 2 de noviembre de 2000 de la Consejería de Presidencia, por la que se desarrolla el Decreto 105/2000, de 26 de junio, que regula determinados aspectos del funcionamiento de los registros de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, prevé que la creación, modificación o supresión de registros efectuados con posterioridad a la relación hecha pública por Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia de 28 de diciembre de 2000, requerirá de Orden Departamental prevista en el artº. 5.1 del mencionado Decreto 105/2000, que deberá ser publicada en el Boletín Oficial de Canarias.

En base a lo anteriormente expuesto,

r e s u e l v o:

Primero.- Modificar y crear los registros que figuran en la relación anexa, adscritos a la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 27 de mayo de 2002.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA

E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,

Julio Bonis Álvarez.

A N E X O

ORGANISMO AUTÓNOMO: ACADEMIA CANARIA DE SEGURIDAD.

REGISTRO MODIFICADO:

REGISTRO GENERAL:

a) Localización:

- Calle Alfonso XIII, 7, 35003-Las Palmas de Gran Canaria.

b) Horario:

- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas.

- Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas.

- Cerrado: festivos, sábados, 24 y 31 de diciembre.

c) Sistema de acceso:

- Ventanilla única.

REGISTRO DE NUEVA CREACIÓN:

REGISTRO AUXILIAR (Dependiente del Registro General):

a) Localización:

- Avenida Principal de Añaza, s/n, trasera centro Comercial, 38109-Santa Cruz de Tenerife.

b) Horario:

- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas.

- Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas.

- Cerrado: festivos, sábados, 24 y 31 de diciembre.

c) Sistema de acceso:

- Ventanilla única.

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