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BOC Nº 071. Viernes 31 de Mayo de 2002 - 1717

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

1717 - Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 21 de marzo de 2002, sobre notificación de la Resolución de caducidad de 7 de enero de 2002, perteneciente al expediente de rehabilitación, de una vivienda sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, calle Princesa Guajara, 31, planta 2ª derecha, Barrio de la Salud, dirigido a Dña. Melania Callejón Martín, en ignorado paradero.

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Habiendo sido intentada de manera infructuosa la notificación de la resolución de caducidad de fecha 7 de enero de 2002, dictada por el Ilmo. Sr. Director General de Vivienda, perteneciente al expediente de rehabilitación, de una vivienda sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, calle Princesa Guajara, 31, planta 2ª, derecha, Barrio de la Salud, dirigido a Dña. Melania Callejón Martín, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General,

R E S U E L V E:

Notificar a Dña. Melania Callejón Martín, en ignorado paradero, la Resolución de fecha 7 de enero de 2002, dictada por el Ilmo. Sr. Director General de Vivienda, por delegación del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, del siguiente tenor literal:

"Vista la solicitud de Calificación Provisional de Rehabilitación y de subvención personal formulada el 11 de noviembre de 1997 por Dña. Melania Callejón Martín, con D.N.I. nº 43792534-M, para las obras a realizar en la vivienda situada en calle Princesa Guajara, 31, planta 2ª, derecha, Barrio de la Salud, término municipal de Santa Cruz de Tenerife; y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

1º) Mediante escrito de fecha 18 de marzo de 1999, le fue requerido al interesado la presentación de documentos preceptivos para la tramitación de la solicitud, a realizar en el plazo de diez días desde la notificación según dispone el artículo 76 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2º) Transcurrido el plazo indicado sin que se haya cumplimentado dicho trámite, se produce la paralización del expediente, habiéndose advertido al interesado de la caducidad del mismo una vez transcurridos tres meses desde la citada paralización.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1º) Que la petición formulada se rige por las normas previstas en el Real Decreto 2.190/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas de financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo para el período 1996-1999, y la Orden de 17 de abril de 1996, por la que se regula el procedimiento para la tramitación de dichas medidas de financiación.

2º) Que la competencia para resolver la citada solicitud viene atribuida a esta Dirección General en virtud de las funciones y servicios transferidos a la Comunidad Autónoma de Canarias, según establece el Real Decreto 1.626/1984, de 1 de agosto, y el Decreto 161/1996, de 4 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias.

Vistas las normas que se citan y las disposiciones complementarias de aplicación, esta Dirección General, en el uso de las atribuciones conferidas

R E S U E L V E:

Declarar la caducidad de la solicitud de Calificación Provisional de Rehabilitación y de subvención personal formulada por Dña. Melania Callejón Martín, para las obras a realizar en la vivienda de referencia, procediéndose al archivo de las actuaciones practicadas de conformidad con el artículo 92.1 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, al haber transcurrido tres meses desde la paralización del procedimiento administrativo por causa imputable al interesado.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su notificación, o potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación, según establecen los artículos 110, 116 y 117 de la susodicha Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse, en su caso."

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de marzo de 2002.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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