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Siendo ignorado el paradero de D. Francisco Barroso Estévez, a efectos de la notificación de la Resolución de este Centro Directivo recaída en el expediente de subrogación de los derechos y obligaciones del contrato de arrendamiento de la vivienda de Protección Oficial de Promoción Pública, sita en el Grupo Añaza I-15, portal 3, piso 1º, cuenta 35, término municipal de Santa Cruz de Tenerife, a favor de Dña. Alicia Águeda Cabrera Remón e hijas, con el fin de que se formulen las alegaciones pertinentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General de Vivienda
R E S U E L V E:
Notificar a D. Francisco Barroso Estévez la Resolución de fecha 4 de abril de 2.000, recaída en la subrogación y cuya parte dispositiva acuerda textualmente:
"Autorizar la subrogación en los derechos y obligaciones del contrato de arrendamiento, suscrito entre la Dirección General de Vivienda y D. Francisco Barroso Estévez, de la vivienda de protección oficial de promoción pública sita en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife, Grupo Añaza I-15, portal 3, piso 1º, cuenta 35, a favor de Dña. Alicia Águeda Cabrera Remón e hijas.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Infraestructuras, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero."
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de febrero de 2002.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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