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BOC Nº 065. Miércoles 22 de Mayo de 2002 - 629

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Hacienda y Comercio

629 - ORDEN de 6 de mayo de 2002, por la que se aprueba modificar las tarifas urbanas de auto-taxis, propuestas por el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), a instancia de la Sociedad Cooperativa de Productores Taxistas San Agustín, para su aplicación en el municipio.

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Vista la petición formulada por el Iltre. Ayuntamiento de la Villa de San Bartolomé de Tirajana, a instancia de la Sociedad Cooperativa de Productores Taxistas San Agustín, en solicitud de incremento de las tarifas urbanas de auto-taxis, para su aplicación en el municipio de San Bartolomé de Tirajana.

RESULTANDO

Que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, que lo emitió en su sesión plenaria celebrada el 30 de abril de 2002, dictaminando modificar las tarifas solicitadas por el citado Ayuntamiento, todo ello sobre la base de las consideraciones reflejadas en el acta de la sesión y en el informe del Grupo de Trabajo. Dichas tarifas serán debidamente notificadas a los interesados, quedando como a continuación se reflejan:


Bajada de bandera 1,23 euros

Kilómetro recorrido 0,390658 euros

Hora de espera 9,736396 euros

Suplementos:

- Nocturno (de 22 a 6 horas) 0,37 euros

- Domingos y festivos 0,37 euros

- Navidad (24 y 31 diciembre y 5 de enero) 0,37 euros

- Suplemento de Nochebuena y Nochevieja 0,78

(de 22 a 6 horas)


CONSIDERANDO

Que el expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto Territorial 64/2000, de 25 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de los bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico.

Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; el Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento de la liberalización de la actividad económica, por el que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios.

Vistos los Decretos Territoriales 10/2001, de 29 de enero, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías; 12/2001, de 30 de enero, por el que se determina la estructura central y periférica así como las sedes de las Consejerías de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica; 323/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio, que mantiene su vigencia a tenor de lo establecido en la Disposición Transitoria del Decreto 12/2001, de 30 de enero; el 23/2001, de 6 de febrero, por el que modifica parcialmente el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio, aprobado por el Decreto 338/1995, de 12 de diciembre, y demás disposiciones concordantes,

D I S P O N G O:

Aprobar las tarifas urbanas de auto-taxis, solicitadas para el municipio de la Villa de San Bartolomé de Tirajana, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriormente expresadas y se aplicarán a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación o publicación de la presente resolución; o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente a su notificación ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de mayo de 2002.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA,

HACIENDA Y COMERCIO,

Adán Martín Menis.

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