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BOC Nº 056. Miércoles 1 de Mayo de 2002 - 1338

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1338 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 19 de febrero de 2002, del Director, relativo a notificación de requerimiento de 25 de septiembre de 2001, para justificación de la subvención concedida a la empresa Confecciones Tamarco, S.L.- Expte. nº 99-38/00589 Programa B.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de requerimiento para justificación de subvención citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a la empresa Confecciones Tamarco, S.L. del requerimiento para justificación de subvención en escrito nº 184.096, de fecha 25 de septiembre de 2001, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Examinada la documentación aportada con fechas de registros de entrada 9 de mayo de 2000, 12 de mayo de 2000 y 7 de agosto de 2001, y números de registros 6.396, 6.600 y 211.136, respectivamente, en relación con la subvención concedida a la entidad Confecciones Tamarco, S.L., en virtud de la Resolución del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM) nº 99-38/3080, de fecha 20 de octubre de 1999, dictada por delegación del Presidente, de las previstas en el Programa "B, de subvenciones a la transformación en indefinidos de contratos temporales y de duración determinada", y en cumplimiento de lo establecido en la base 21ª de la Resolución del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), de 14 de mayo de 1999 (B.O.C. nº 68, de 28.5.99), por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento de la contratación para 1999, se le informa lo siguiente:

La base 21ª de la Resolución del Presidente del ICFEM, dice textualmente: "Sin perjuicio de las obligaciones a que se refiere la base 8.

1. Los beneficiarios quedan obligados a tener cubierto el puesto de trabajo objeto de la subvención, como mínimo, durante 18 meses desde la fecha de celebración del contrato, y, respecto de los trabajadores fijos, a mantener el nivel de empleo de los centros de trabajo de la empresa, radicados en Canarias durante el mismo tiempo, de manera que la plantilla de trabajadores fijos se incremente, al menos, con los trabajadores por los que se concediese la subvención.

2. En el supuesto de extinción de la relación laboral del trabajador por el que se concediese la subvención, los beneficiarios quedan obligados a la cobertura del puesto de trabajo por un nuevo trabajador, que deberá reunir los mismos requisitos que el trabajador sustituido. La nueva contratación tendrá que realizarse dentro del mes siguiente al de la baja, hecho que deberá ser comunicado por los beneficiarios al ICFEM dentro de los 10 días siguientes a la sustitución. Esta nueva contratación en ningún caso dará lugar a una nueva subvención.

En estos casos de sustitución, la suma de los períodos de los contratos ha de ser igual, al menos, al período total objeto de la contratación".

- El período a justificar por esa entidad comienza a computarse el día 31 de diciembre de 1999 (fecha de conversión en indefinido del contrato temporal de la trabajadora subvencionada, Dña. Carmen Nieves Hernández García), el cual queda interrumpido por la baja laboral de Dña. Carmen Nieves Hernández García el 24 de abril de 2000. Dicho cómputo vuelve a iniciarse el día 26 de abril de 2000 (fecha en que se convierte en indefinido el contrato temporal de la trabajadora sustituta, María Jesús Velázquez Hernández) y finaliza el 26 de marzo de 2001 debido a la baja laboral de la trabajadora sustituta, María Jesús Velázquez Hernández. De lo anteriormente expuesto, se deduce que la suma de los períodos de los contratos es de 16 meses y 24 días, faltando por justificar 1 mes y 17 días.

Por lo anteriormente expuesto, se le requiere para que en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, remita a este Instituto dos ejemplares de la siguiente documentación, uno de ellos original o fotocopia debidamente compulsada:

- Documento acreditativo del alta en la Seguridad Social, contrato de trabajo indefinido y D.N.I./N.I.F. del trabajador que sustituya a María Jesús Velázquez Hernández.

- Documentos TC1 y TC2, o en su defecto, informe de vida laboral de la empresa donde conste la relación de trabajadores por la que ésta ha cotizado, desde la mensualidad de mayo de 2001 hasta que se completen los 18 meses establecidos.

- Libro de matrícula.

Se le advierte que de no presentar la documentación requerida y transcurrido el plazo establecido, se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro conforme a lo dispuesto en los artículos 35 y 36 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Mediante este documento se notifica a Confecciones Tamarco, S.L., el contenido del presente requerimiento, según lo exigido en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92)."

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de febrero de 2002.- El Director, p.d., la Subdirectora de Empleo (Resolución nº 2.957, de 29.9.99), María Teresa Covisa Rubia.

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