Estás en:
Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (B.O.E. nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (B.O.C. nº 159, de 15.12.95), y modificado por el Decreto 138/2000, de 10 de julio; se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la modificación de la asociación empresarial que se detalla:
DENOMINACIÓN: Asociación Canaria de Empresas de Acuicultura. Organización de Productores de Acuicultura Marina de Canarias, Acea.
ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.
DOMICILIO: calle León y Castillo, 30, Las Palmas de Gran Canaria.
ÁMBITO PROFESIONAL:será el de todas aquellas empresas y asociaciones empresariales dedicadas a la acuicultura, bien sean personas físicas o jurídicas.
FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN: D. José Luis Guersi Sauret, D. Javier Macías González, D. Ramón Marrero López, D. Rafael Báez Herrera, D. Julio López Alvarado, D. Vicente Díaz Guerra y D. Luis Siemens Rodríguez, pudiendo los interesados formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de ocho días a partir de su publicación.
Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de febrero de 2002.- El Director General de Trabajo, Antonio Lorenzo Tejera.
© Gobierno de Canarias