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Convocadas a provisión las plazas de los Cuerpos docentes universitarios que se relacionan en el anexo adjunto, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Real Decreto 1.888/1984, de 26 de setiembre (B.O.E. de 26 de octubre); artículo 1º del Real Decreto 1.427/1986, de 13 de junio (B.O.E. de 11 de julio), y artículo 17.e) del Real Decreto 552/1985, de 2 de abril (B.O.E. de 27), esta Secretaría General ha resuelto señalar la celebración de los sorteos correspondientes a las plazas reseñadas en el citado anexo, a fin de designar los miembros de las Comisiones que han de ser elegidos por este procedimiento para el día 22 de mayo de 2002, a las diez horas, realizándose los mismos por el sistema aprobado por la Comisión Académica del Consejo de Universidades en su sesión de 14 de julio de 1995, de modo secuencial, según el orden en que figuran relacionados en el anexo citado.
Dichos sorteos se celebrarán en el Consejo de Universidades (Ciudad Universitaria, s/n, 28040-Madrid).
A los efectos previstos en el artículo lº del Real Decreto 1.888/l984, de 26 de septiembre, a partir de la fecha de la presente Resolución, se harán públicas las relaciones de los Profesores que participarán en los sorteos en el Consejo de Universidades.
De las citadas relaciones y en el momento del sorteo serán excluidos aquellos Profesores que:
- Pertenezcan a la misma Universidad a la que corresponda la plaza.
- Hayan sido designados para formar parte de la Comisión titular por la Universidad a la que corresponda la plaza.
- Sean aspirantes y pertenezcan a la misma área de conocimiento a la que corresponda la plaza.
Las reclamaciones contra las referidas relaciones se formularán antes del día 17 de mayo de 2002, dirigidas a la Secretaría General del Consejo de Universidades (Ciudad Universitaria, s/n, 28040-Madrid).
En los concursos en los que no existan suficientes Profesores del Cuerpo y área de conocimiento a que corresponda la plaza, se estará lo previsto en el artículo lº del Real Decreto 1.427/1986, de 13 de junio, que modifica el artículo 6º.9 del Real Decreto 1.888/l984, de 26 de setiembre.
Madrid, a 12 de abril de 2002.- El Secretario General, Vicente Ortega Castro.
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