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"Visto el expediente de referencia, incoado a instancia de Patrocinio de la Rosa Arteaga, en representación de la entidad Patrocinio de la Rosa Arteaga, y con base en los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante Resolución del Director del ICFEM, nē 00-38/0058, dictada por delegación del Presidente del ICFEM, se concedió a Patrocinio de la Rosa Arteaga una subvención por importe de cuatrocientas mil (400.000) pesetas (2.404,05 euros), de las previstas en la Resolución del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), de 14 de mayo de 1999 (B.O.C. nē 68, de 28.5.99), por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento de la contratación para 1999.Segundo.- La documentación aportada por la entidad beneficiaria a efectos de justificar la subvención concedida se estimó ajustada a las bases de la convocatoria y fue informada favorablemente por la Intervención Delegada en el ICFEM mediante escrito registrado de salida con nē 2.182 (14 de agosto de 2001).
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.6 del Decreto Territorial 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nē 170, de 31.12.97), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, según redacción dada por el Decreto Territorial 103/2000, de 12 de junio (B.O.C. nē 77, de 23.6.00), que modifica parcialmente al anterior, el órgano gestor deberá dictar resolución expresa declarando total o parcialmente justificada la subvención concedida una vez emitido el informe de fiscalización favorable por la Intervención correspondiente o, en su caso, se resuelva la discrepancia suscitada.Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,
R e s u e l v o:
Declarar totalmente justificada la subvención concedida a Patrocinio de la Rosa Arteaga, mediante Resolución del Director del ICFEM nē 00-38/0058, de fecha 11 de enero de 2000, dictada por delegación del Presidente del ICFEM, por importe de cuatrocientas mil (400.000) pesetas (2.404,05 euros), de las previstas en la Resolución del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), de 14 de mayo de 1999 (B.O.C. nē 68, de 28.5.99), por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento de la contratación para 1999, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 32 del Decreto Territorial 337/1997 ya citado y de las que puedan realizarse por la Audiencia de Cuentas de Canarias o el Tribunal de Cuentas.
Notifíquese al interesado la presente Resolución, con la indicación de que, contra ésta, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM) en el plazo de un mes, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera formularse. El cómputo de los plazos indicados anteriormente, se iniciará a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto."
Santa Cruz de Tenerife, a 27 de febrero de 2002.- El Director, p.d., la Subdirectora de Empleo (Resolución nē 2.957, de 29.9.99), María Teresa Covisa Rubia.
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