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R E S U E L V O:
Primero.- Notificar a la empresa Manuel Luis Blasco Martín la Resolución nš 180 que con fecha 10 de julio de 2001, fue intentada en los términos que a continuación se expresan:
"Vista la documentación presentada por la empresa como justificante de la realización de la inversión subvencionada al amparo de la Orden de 18 de mayo de 1999 (B.O.C. nš 68, de 28.5.99), por la que se convoca la concesión de subvenciones directas y se aprueban las bases que regirán la misma, y comprobado que la documentación presentada se ajusta a lo establecido en las bases de la convocatoria, considerando que la actividad ha sido realizada en su totalidad.
Visto que la base decimocuarta primera de la convocatoria, establece que en el supuesto de que las inversiones y gastos realizados sean inferiores a los aprobados, se abonará la subvención en proporción a lo debidamente justificado, siempre que se cumpla, a juicio de la Dirección General de Promoción Económica, con el objeto de la convocatoria.
Visto el informe del Jefe de Sección de Fomento Económico.
Considerando que se cumple con el objeto de dicha convocatoria, aunque las inversiones y gastos justificados son inferiores a los inicialmente previstos y aprobados, de acuerdo a lo establecido en la base decimocuarta primera de la convocatoria.
Visto el informe de la Intervención Delegada en la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio.
Vista la Resolución nš 1.248 del Vicepresidente y Consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias de 29 de noviembre de 1999, por la que se resuelve el concurso público de concesión de subvenciones directas, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Programa Regis), convocadas por la Orden de 18 de mayo de 1999, y de acuerdo con lo establecido en la base quinta de la misma.
Visto el apartado 6 del artículo 31 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, añadido por el Decreto 103/2000, de 12 de junio, según el cual el órgano gestor dictará resolución por la que se declare justificada total o parcialmente la subvención concedida.
Vista la Orden de 18 de mayo de 1999, por la que se convoca la concesión de subvenciones directas y se aprueban las bases que regirán la misma; el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado parcialmente por el Decreto 103/2000, de 12 de junio; el Decreto 110/1999, de 25 de mayo, por el que se establece la fiscalización previa limitada para determinados expedientes de gastos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado parcialmente por el Decreto 117/2000, de 26 de junio; y demás legislación aplicable al caso,
R E S U E L V O:
Primero.- Considerar justificada parcialmente la subvención, concedida mediante Resolución nš 1.248 del Vicepresidente y Consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias de 29 de noviembre de 1999, según se detalla a continuación:
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Ver anexos - Página/s 5172
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Segundo.- Que se proceda al abono parcial de la subvención por importe de quinientas catorce mil doscientas ochenta (514.280) pesetas.
Comunicándole que contra el presente acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada, bien ante el órgano que dictó el acto que se impugna, el Ilmo. Sr. Director General de Promoción Económica, o bien ante el órgano competente para resolverlo, el Excmo. Sr. Viceconsejero de Economía y Comercio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 25 de junio de 2001.- El Director General de Promoción Económica, Antonio Lantigua Suárez."
Segundo.- Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- Remitir la presente al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, para su publicación en el tablón de edictos.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de enero de 2002.- El Director General de Promoción Económica, Antonio Lantigua Suárez.
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